Competencia lingüística para homologación de título universitario
Al solicitar la homologación de determinados títulos universitarios extranjeros en España puede ser necesario acreditar que se posee la competencia lingüística necesaria para ejercer la correspondiente profesión regulada.
El Real Decreto 889/2022 establece qué documentos permiten acreditar este requisito y contempla además importantes excepciones que conviene conocer antes de presentar el expediente.
Lino García revisa personalmente tu homologación para comprobar qué documentación necesitas aportar y si, en tu caso, estás exento de acreditar este requisito.
Índice de la entrada
1. ¿Es obligatorio acreditar competencia lingüística para homologar un título?
Qué establece el artículo 9.4 del Real Decreto 889/2022 y a qué procedimientos afecta.
Ir a esta sección2. ¿Cómo se acredita la competencia lingüística?
Los documentos admitidos por el artículo 13.2: DELE, Escuela Oficial de Idiomas y certificados académicos.
Ver documentos admitidos3. ¿Quién no tiene que presentar certificado de español?
La excepción prevista para nacionales de Estados cuya lengua oficial sea el español.
Ver la excepción4. Estudios cursados en español: el certificado del 75 %
Cómo puede utilizarse la formación académica cursada en español para acreditar el requisito lingüístico.
Ir a esta sección5. Errores frecuentes en la acreditación del idioma
Errores que pueden provocar requerimientos o retrasar una solicitud de homologación.
Ver errores frecuentes6. Preguntas frecuentes
Respuestas a las dudas más habituales sobre el B2, los estudios cursados en español y las personas exentas.
Ir a preguntas frecuentes¿Es obligatorio acreditar competencia lingüística para homologar un título?
El requisito de competencia lingüística aparece expresamente regulado en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, que establece las condiciones y el procedimiento aplicable a la homologación de títulos universitarios extranjeros en España.
Concretamente, el artículo 9.4 establece que, para la homologación, la persona solicitante deberá acreditar la competencia lingüística necesaria para ejercer en España la correspondiente profesión regulada.
La competencia lingüística forma parte de los requisitos que pueden exigirse dentro del procedimiento de homologación cuando se pretende obtener el reconocimiento que permite acceder al ejercicio de una profesión regulada en España.
Por este motivo, antes de presentar una solicitud es recomendable determinar correctamente qué procedimiento corresponde al título extranjero y comprobar todos los requisitos vinculados a la profesión a la que se pretende acceder.
¿Vas a homologar un título universitario extranjero? Lino García puede revisar personalmente tu expediente y comprobar qué documentos necesitas presentar, incluida la acreditación lingüística cuando corresponda.
Revisar mi homologación¿Cómo se acredita la competencia lingüística para una homologación?
El artículo 13.2 del Real Decreto 889/2022 establece diferentes formas de acreditar la competencia lingüística. Por tanto, no existe únicamente la posibilidad de realizar un examen DELE.
Dependiendo de la nacionalidad y del historial académico del solicitante, puede ser posible utilizar diferentes documentos.
DELE B2 o superior
Puede aportarse el Diploma de Español como Lengua Extranjera DELE nivel B2 o superior.
Escuela Oficial de Idiomas
También se admite un certificado oficial de nivel intermedio B2 o superior de español para extranjeros expedido por las Administraciones educativas a través de las Escuelas Oficiales de Idiomas.
Certificado de Aptitud
La norma contempla igualmente el Certificado de Aptitud en español para extranjeros expedido a través de las Escuelas Oficiales de Idiomas.
75 % de los estudios cursados en español
Puede presentarse un certificado expedido por el centro donde se cursó el título que acredite que al menos el 75 % de la formación fue cursada en español.
Formación previa cursada en español
También se admite un certificado que acredite que la formación previa al acceso a los estudios superiores fue cursada en español.
Nacionales de países de lengua oficial española
Determinados solicitantes están exentos de aportar los documentos anteriores por razón de su nacionalidad, tal como explicamos en la siguiente sección.
Antes de matricularte en un examen B2, conviene revisar si puedes acreditar el requisito mediante tu documentación académica o si estás dentro de alguno de los supuestos en los que no es necesario aportar estos certificados.
Consultar mi situación con Lino García¿Quién no tiene que presentar certificado de español?
El propio artículo 13.2 establece una excepción especialmente importante para muchos profesionales extranjeros.
Las personas que soliciten una homologación y sean nacionales de Estados cuya lengua oficial sea el español no tienen que aportar ninguno de los documentos de acreditación lingüística enumerados en ese apartado.
Esto significa que la nacionalidad del solicitante puede ser determinante a la hora de saber si debe aportar un DELE B2, un certificado de Escuela Oficial de Idiomas o documentación académica que permita acreditar que sus estudios fueron cursados en español.
Nacionalidad de un Estado con español como lengua oficial
El Real Decreto establece expresamente que estos solicitantes no deben aportar los documentos de acreditación lingüística previstos en el artículo 13.2.
Nacionalidad de otro Estado
Si la persona no se encuentra dentro de esa excepción, habrá que determinar cuál de las formas de acreditación previstas en la normativa resulta aplicable a su expediente.
Estudios cursados en español: la regla del 75 %
Una de las alternativas más interesantes para determinados solicitantes es acreditar la competencia lingüística mediante la propia formación universitaria.
El artículo 13.2 permite aportar un certificado expedido por el centro donde se realizaron los estudios conducentes al título cuya homologación se solicita.
En ese documento deberá constar que al menos el 75 % de la formación fue cursada en español.
No conviene presentar simplemente un certificado genérico en el que se indique que la universidad utiliza el español. La documentación debe permitir comprobar suficientemente la circunstancia que exige la normativa.
También puede acreditarse mediante la formación previa
Existe además otra posibilidad: aportar un certificado que demuestre que la formación realizada antes de acceder a los estudios superiores fue cursada en español.
Por tanto, la situación académica de cada solicitante debe revisarse antes de concluir que necesariamente debe obtener un nuevo certificado de idioma.
¿Estudiaste tu carrera o tu formación previa en español? Revisar esa documentación antes de presentar la homologación puede permitir determinar cuál es la forma adecuada de acreditar la competencia lingüística en tu caso.
Quiero revisar mis documentosErrores frecuentes al acreditar la competencia lingüística
- Pensar que todo solicitante necesita obligatoriamente un DELE B2. La normativa contempla varias formas diferentes de acreditar la competencia lingüística.
- No comprobar la excepción por nacionalidad. Los nacionales de Estados cuya lengua oficial sea el español no tienen que aportar los documentos previstos en el artículo 13.2.
- Aportar un certificado universitario demasiado genérico. Cuando se utiliza la vía del 75 %, es importante que el certificado permita acreditar claramente que al menos ese porcentaje de la formación fue cursado en español.
- Confundir homologación y equivalencia. Antes de preparar el expediente debe determinarse correctamente qué procedimiento corresponde al título extranjero.
- Presentar la homologación sin revisar previamente toda la documentación. Un problema con la competencia lingüística puede sumarse a otras incidencias relacionadas con el título, expediente académico, legalización o traducciones.
Preguntas frecuentes sobre competencia lingüística y homologación
¿Necesito un B2 de español para homologar mi título?
No necesariamente. El DELE B2 es una de las formas previstas para acreditar la competencia lingüística, pero el Real Decreto 889/2022 admite también otros documentos y establece determinados supuestos en los que no es necesario aportarlos.
¿El DELE B2 es el único certificado válido?
No. También pueden utilizarse determinados certificados expedidos a través de las Escuelas Oficiales de Idiomas y, en ciertos casos, documentación académica que acredite que los estudios fueron cursados en español.
Estudié mi carrera en español, ¿necesito hacer un examen?
Puede que no. La normativa permite presentar un certificado del centro donde se cursaron los estudios si consta que al menos el 75 % de la formación fue cursada en español. Conviene revisar el contenido concreto del certificado antes de presentarlo.
Soy nacional de un país cuya lengua oficial es el español, ¿necesito certificado?
El artículo 13.2 establece que las personas solicitantes de homologación nacionales de Estados cuya lengua oficial sea el español no tienen que aportar los documentos de acreditación lingüística enumerados en ese apartado.
¿Sirve haber estudiado el bachillerato en español?
La normativa contempla un certificado que acredite que la formación previa al acceso a los estudios superiores fue cursada en español. La documentación concreta debe revisarse para comprobar que acredita adecuadamente este supuesto.
¿Por qué conviene revisar este requisito antes de solicitar la homologación?
Porque aportar un documento incorrecto o no acreditar adecuadamente un requisito puede provocar un requerimiento de subsanación y complicar la tramitación. Una revisión previa permite determinar qué documento corresponde realmente a tu situación.
Este contenido es informativo y se basa en el Real Decreto 889/2022. No sustituye el análisis individual de un expediente. La normativa, los criterios administrativos y los procedimientos pueden modificarse, por lo que conviene revisar la regulación vigente en el momento de presentar una solicitud de homologación.
¿Vas a homologar tu título universitario en España?
No presentes tu expediente sin comprobar antes si tienes que acreditar la competencia lingüística y cuál de los documentos admitidos por la normativa corresponde a tu situación.
En algunos casos será necesario acreditar un nivel de español; en otros podrá utilizarse la propia formación cursada en español y determinados solicitantes estarán exentos de aportar estos documentos.
Lino García te asesora personalmente , sin intermediarios ni asistentes, para revisar tu documentación y preparar correctamente tu solicitud de homologación.
- Revisión individual de tu título y expediente
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- Revisión de certificados académicos y documentación
- Atención directa con el abogado Lino García