recurso de alzada

Recurso de Alzada – Extranjería

Que es un Recurso de Alzada?

El recurso de alzada permite a cualquier ciudadano extranjero recurrir las decisiones de la Administración Pública sobre denegación e inadmisión a trámite de solicitudes de residencia y trabajo.

Cuando se debe recurrir a un Recurso de Alzada?

Si recibiste una resolución denegatoria o de inadmisión a trámite debes recurrir en el plazo de 1 mes.

Con este recurso el Acto administrativo es revisado por el superior jerárquico del Órgano que lo dictó, siempre que no ponga fin a la vía administrativa.

¿Por qué es importante presentar este Recurso con un Abogado?

Este recurso se efectúa mediante solicitud del ciudadano extranjero. A modo de recomendación la solicitud debe estar preparada por un abogado quien previo estudio del caso le asesorará sobre la viabilidad del recurso, ya que  tiene los conocimientos jurídicos y experiencia para detectar cualquier vicio o anomalía en la resolución denegatoria a impugnar.

Recurso de alzada plazos para resolver

El plazo para presentar el recurso es de un mes, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, este recurso puede interponerse en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.

El plazo máximo de resolución para dictar y notificar la resolución es de tres meses. Transcurrido este plazo sin resolución se podrá entender desestimado el recurso.

Si necesitas interponer un Recurso de Alzada, independientemente de la provincia de España donde estés, puedes contratar mi servicio de Redacción del Recurso.

Temas que suelen abordarse con el Recurso de Alzada

Los temas más habituales son en materia de denegación de residencia inicial o renovación de residencia y trabajo de autorizaciones que son competengia de la Dirección General de Migraciones y tramitadas por la Unidda de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE). Por ejemplo:

Autorizaciones de residencia de profesional altamente cualificado y nómada digital, en donde, los asuntos más conflictivos están relacionados con antecedentes penales, características de la empresa contratante, modificación de estas autorizaciones, salario, perfil, cotización y categoría del trabajador

Traslado Intraempresarial, aquí los asuntos más conflictivos son la capacitación del trabajador, actividad real de la empresa, contradicción en las entrevistas en el consulado.

En materia de Golden visa, la conflictividad está relacionada con la renovación y el cambio o no mantenimiento del tipo de inversión, cotitularidad de la inversión, error en escrituras notariales, renovación fuera de plazo, familiares a cargo, antecedentes penales, acreditación incorrecta de la inversión, presentación extemporánea de documentos, etc.

Así que si te encuentras en cualquiera de estas situaciones, no dudes en programar tu consulta conmigo.

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52 comentarios en “Recurso de Alzada – Extranjería”

  1. Hola abogado Lino.
    Mi solicitud de renovación de residencia temporal ha sido denegada por constar antecedentes penales, interpuse recurso de alzada y luego de 3 meses no recibí respuesta, en este mismo plazo coincide el cumplimiento de mi pena, por lo que no habría motivo para volver a denegarla. Mi pregunta es, puedo volver a solicitar la renovación en el portal con un antecedente de recurso de alzada desestimado por silencio administrativo? o forzosamente solo puedo continuar por la vía judicial?
    Muchas gracias por su respuesta.

    1. Siempre y cuando estes dentro de los 90 días posteriores a la fecha de vigencia de tu permiso de residencia puedes renovar si ya tienes los antecedentes penales cancelados. También hay que ver otras circunstancias familiares y personales.

      Para su consulta estoy a la orden

  2. Hola,yo tenia la tajeta de residencia y trabajo por conta propria renovada y se me caduco dia 10/10/2022, hice la solicitud de la tajeta de residencia comunitaria por mi hijo español dia 07/10/2022 y me salio inadmitido a tramite, hice el recurso de alzada y ha sido enviado y confirmado, pero en la resolucion no me cambia el estado de tramitacion, me gustaria saber donde veo como va el recurzo? Gracias.

  3. Hola que tal,
    Mujer española y marido Uruguayo.
    Hemos solicitado la tarjeta comunitaria permanente fuera de plazo, pero dentro de los 90 días en los que se puede presentar (han pasado 70).Realice el tramite desde un Ayuntamiento.
    El ayuntamiento adjunto otra documentación, no la nuestra.Nos dimos cuenta en el momento de la inadmisión a tramite.
    En ese momento realice un recurso de alzada, y envié de nuevo otra solicitud explicando todo esto.La han vuelto a inadmitir a tramite. Es absurdo.Tenemos trabajo, hijos, todo en regla…La cosa es que no se nos notifica porque nos inadmiten a trámite.Y tampoco sé nada del recurso, de que han pasado ahora unos 3 meses y 10 días, por lo que imagino que también lo han desestimado después de adjuntar hasta una hoja donde El ayuntamiento admite que ha habido un error.Que paso sigo? Vuelvo a solicitar la tarjeta d residencia como si acabara de entrar?Un saludo!Un contencioso se me hace muy largo, estamos preocupados por el trabajo…etc.Gracias.

    1. Buen día, lamento lo sucedido, suele pasar cuando las personas confían en un registro público y por alguna anomalía, alguna mala actuación no se envian todos los documentos, en ese momento no es culpa de la oficina de extranjeros, ahora bien, si usted a recibido la resolución de inadmisión a trámite debería conocer el motivo de la inadmisión a trámite, es en esa misma resolución en la que deben indicarle los plazos y el recurso que correspondan. Si usted ha presentado el recurso de alzada, el plazo para que resuelvan el mismo es de 3 meses, hay casos y oficinas de extranjeros que a veces por cúmulo de trabajo rebasan dicho plazo. Mi recomendación sería:

      1.- Esperar un tiempo razonable de un par de meses hasta que responda, presentar escritos
      2.- Si tras cierto tiempo no responden sobre el recurso o si lo hacen de forma negativa pues acudir a la vía contencioso – administrativo, para ello, es aconsejable poder mirar toda la solicitud, requerimientos, contestación a requerimiento, resolución de inadmisión a trámite, recurso presentado, etc.

      Por lo anterior, y para no tener que empezar desde cero con un permiso de residencia, quedo a su orden en el siguiente enlace donde podrá programas usted misma su consulta para hablar de Estrategia, honorarios, documentos que obran en el expediente administrativo y formalidades para conseguir los mismos.

      ¡Saludos!

      un recurso contencioso

  4. Buenas Abogado,
    Tengo que renovar tarjeta comunitaria dentro de un poco y me precupa una cosa que he tenido corto en mi convivencia con mi mujer y quiera saber si puedo tener problemas a la hora de renovacion ? y si me denegan podemos hacer algo ?

    1. Pues, en materia de régimen comunitario suelen desencadenarse problemas cuando hay falta de convivencia, seoaración, divorcio, etc. El problema puede surgir en cualquier momento si es detectado oor la oficina de extranberos aunque en la mayoría de casos los problemas son detectados al momento de la renovación, por ello es aconsejable una asesoría con tiempo, quedo a su orden en el botón de cita previa donde podrá programar su consulta para hablar al detalle de su caso.

  5. Buen día abogado lino, una consulta
    Después de que niegan la residencia por arraigo laboral y se pare un recurso
    Mientras el recurso está en trámite de revisión o que me den otra respuesta, se puede salir de España 25 días y volver a entrar o me pueden negar la entrada?

    1. Mientras no sea residente siempre existe la posibilidad que le denieguen la entrada a constatar que no tiene permiso de residencia. otra cosa sería solicitar una medida cautelar en via administrativa o en vía contencioso-administrativo para intentar forzar una autorización de regreso.

      1. Hola Buenas tengo una duda e presentado un recurso en junio cuanto tarda extranjería en dar respuesta y q tantas posibilidades hay q me den el faborable esta vez muchas gracias

        1. Pues el plazo legal que tiene la administración para resolver un recurso potestativo de reposición es de 1 mes, mie tras que el plazo para resolver un recurso de alzada es de 3 meses.

          No obstante, las oficinas de extrannjería suelen llevar retrasos has para resolver un recurso.

          Saludos!

  6. HOLA COMENTO HE PRESENTADO LA SOLICITUD DE MI RENOVACION DE NIE EL DIA 10/08/2022 POR CADICUDAD EL DIA 10/10/2022 ME HA LLEGADO RESOLCUION INADMITIDO TRAMITE POR ESTAR FUERA DEL PLAZO PUES DEBIA PRESENTARLO DIA 11/08/2022 SOLO POR UN DIA MI PREGUNTA ES SI PUEDO HACER ALGO PARA SOLUCIONARLO O SI PUEDO PRESENTAR UNA NUEVO RENOVACION GRACIAS.

    1. Por lo que comenta se ha adelantado por 1 dia en la renovación, son 60 días antes o 90 días despues, si logro entenderle bien, puede presentar nueva solicitud. Quedo a su orden por si necesita hacer la presentación de forma telemática y sin problemas pedir cita

  7. Hola buenas noches abogado Lino; he tramitado mi tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la UE;la cual me ha salido resuelto no favorable ;la he podido visualizar por via telematica mas no me ha llegado la carta al domicilio y estoy sin saber el porque del resuelto no favorable;para poder apelar a este resultado con sus servicios se necesita la carta en fisico?como poder obtenerla ya que tiene fecha de resolucion 15/12/2020 y al dia de hoy no ha llegado;gracias x su ayuda

    1. Hola Jordy, para interponer el recurso de alzada es importante tener la Resolución, primero para saber el motivo de denegación, segundo para ver si la resolución tiene algún vicio o error, quedo a su orden.

      Ya me comentará, Saludos!

      1. Hola buenas tardes
        Presento la tarjeta comunitaria temporal y me han dicho no favorable por falta de medios economicos por que presento el contrato sin nominas y ahora mi mujer alta como autonoma y lo hecho recurso con declaracion de autonomos y documento de su alta ahora 2 meses y 15 dias sin repuesta . Ahora puedo presentar un expediente nuevo o tengo que esperar el repuesta ? Y si completara 3 meses sin repuesta puedo presentar otro nuevo ?

        1. Mi consejo es que para poder presentar nueva solicitud desde cero, debe haber cambiado la situación anterior que origino la denegación, de lo contrario puede encontrarse con una inadmisión a trámite de la nueva solicitud.

          Hay que estudiar su caso para ver si los cambios de situación y nuevos documentos son consistente y están a tiempo de ser presentados y argumentados en un recurso de Reposición/Alzada

          Otra opción será interponer recurso contencioso administrativo.

          Quedo a su orden en el botón de cita previa en donde podrá escoger día y hora para una consulta conmigo, ya sea en mi oficina, ya sea mediante video llamad.

          Saludos!

  8. Buenas Noches Abogado Lino, me han denegado la reagrupacion familiar por que el estado civil de mi pareja de hecho ( registrada en cataluña con acta notarial ) es Separada de hecho, y segun el funcionario el estado civil es casada, el problema para el divorcio es que ella es Filipina y en ese pais no existe el divorcio, me cominicaron la denegacion el 15/11/2020

  9. Hola, mi caso es el siguiente: Llegue con mi familia en febrero 2020 y en marzo nos confinaron. Mi esposo y mi hijo tienen raices españolas y yo su esposa requiero tramitar la tarjeta comunitaria. Hasta la fecha, me informan que lo debo hacer telematicamnte, sin embargo; no tengo certificado digital y no se si me corresponde ternerlo porque mi identidad es el numero de pasaporte. Lo cierto,es que mis papeles se vencen..he enviado correos a las oficinas de extranjeria y estan por responder. Pero, que tiempo debo esperar? A traves de que gestoria puedo hacerlo telematicamente? Cual es el costo?

  10. Diana Marcela HERNANDEZ OLIVEROS

    Buenas tardes, he realizado un trámite de pareja de hecho y me lo han denegado, esto se puede recurrir o que proceso debo seguir?. Gracias!

  11. Buenos días abogad0, me gustaría comentarle mi caso pues solicité la nacionalidad española luego de 6 años en España y me ha llegado una carta que me dice que está denegada y me dice que puedo hacer recursos.¿qué posibilidades hay de ganar el recurso?además un conocido me ha dicho pues que haga yo un escrito que no estoy de acuerdo con esta carta y que no necesito abogado.¿es así eso?

    1. Buenos días, dependiendo de la resolución usted podrá optar por el recurso de reposición o por el recurso contencioso administrativo.
      Respecto a las opciones, habrá que ver la resolución, verificar la calidad y vigencia de los documentos aportados en su día en la solicitud de nacionalidad, si ha habido o no requerimiento por parte de la DGRN antes de la resolución denegatoria.
      Respecto a la preparación e interposición del recurso, lo mejor es que sea mediante abogado.
      Para consulta personalizada quedo a su orden en el botón de programar cita
      Para el recurso potestativo de reposición puede contratar mi servicio en el apartado de servicios / Recurso de reposición
      Para el servicio de Recurso contencioso administrativo en materia de nacionalidad, puede contratar mi servicio en el apartado de servicios / contencioso administrativo en materia de nacionalidad.
      Saludos!

    1. hola josé, depende del volumen de trabajo del juzgado, pero una demanda contencioso administrativo (procedimiento abreviado) puede estar entorno a los 8-11 meses.
      Saludos!

      1. Buenas noches , me denegaron el visado comunitario de mis padres en mi país de origen por no presentar a tiempo la descendencia , he presentado recurso de reposición adjuntando documentos y los escritos en mi país de origen ante el consulado Español . Sigo esperando por una respuesta . Últimamente los consulados están denegando los visados régimen comunitario aún presentando todo los requisitos que piden .
        Quiero presentar un recurso contencioso en Madrid ya que me han dicho es mejor y favorable .
        Mi pregunta a usted Dr. Lino que opina ? Que porcentaje me da de que me den los visados para mis padres ? Cuánto cuesta un proceso ? Vivo el Alicante.
        Gracias por su ayuda .
        Un saludo

        1. Mi consejo es que espere el plazo de 1 mes despues de presentado el recurso, incluso algo más de tiempo antes de acudir a la vía contencioso-Administrativo (demanda)

          Para hablar detalladamente sobre su caso debe programar cita

  12. Hola, hace 8 meses de haber metido la solicitud inicial por arraigo y no he tenidio respuesta , tengo que seguir esperando o la doy por desestimada? Gracias

    1. tras haber transcurrido más de 3 meses desde su solicitud, usted deberá entender que su solicitud de arraigo social ha sido desestimada por silencio administrativo negativo.
      Tiene 2 opciones:
      1) solicitar un certificado de silencio administrativo e interponer un recurso por ejemplo
      2) efectuar una nueva solicitud.
      Saludos!

  13. Buenas tardes,estoy casada con un ciudadano español.Me han denegado la renovación de mi tarjeta comunitaria.Mi esposo está sin trabajo y yo tambien pero tenemos algunos ahooros. Qué se puede hacer en este caso?
    Muchas gracias

    1. gracias por escribir, es muy importante saber el día exacto en el cual ha recibido la resolución de denegación de renovación de su tarjeta, los recursos administrativos (alzada o contencioso) suelen tener 1 y 2 meses de plazo.
      Necesitaría leer la resolución para estudiar si esta o no motivada, si existe algún error y también es importante saber la forma y documentos que acompañaron a su solicitud de renovación.
      Por último, es necesario saber el importe actual de los ahorros o medios económicos de los que cuente, así como cualquier precepción de ingresos.
      Saludos!

  14. Buenas tardes, el 11 de Noviembre de 2019 realizamos la solicitud para la residencia temporal de familiar de la UE (mi esposo e hijo poseen nacionalidad española). El día 16 de el mes en curso ha salido en la página “Resolución – no favorable”, mi duda es debo esperar a que llegue alguna notificación al correo ordinario? Puesto que aún no me ha llegado y tampoco he recibido por correo electrónico. Toda la documentación fue entregada, lo último que nos solicitaron fue justificación de mi esposo de medios económicos (5.800€) para ese entonces y mi seguro privado que es de 35€ mensual con copagos y desde la fecha de llegada acá mi esposo aún no ha conseguido empleo. Dependiendo de que causas generaron dicha resolución usted podría realizar el recurso y yo lo introduciría en la oficina de extranjería? Ya guardé el link de sus honorarios. Muchas gracias.

    1. Todo tiene solución, solo le recuerdo que solo contesto dudas de clientes, adjunto el link donde podrá efectuar el pago de dicha consulta, una vez tenga confirmación del pago, nos pondríamos de acuerdo sobre el día y la hora para realizar la video consulta.
      Saludos!

  15. Buenos días, señor García.
    Me pongo en contacto con usted para consultarle sobre un caso en el que me han pedido ayuda. Soy criminóloga, no abogada, por lo que no me atrevo a aconsejarles sin buscar un asesoramiento sobre la vía correcta.
    Se trata de un matrimonio peruano que formalizó la petición de residencia temporal en España de la mujer por familiar con residencia en nuestro país. Dicha solicitud tuvo como respuesta la “inadmisión a trámite” al no presentarse en las dependencias de inmigración y enviarse por correo ordinario.
    Le instan a formular un recurso de alzada en el plazo de un mes (a punto de vencer, pues la notificación les ha llegado a principos de junio). Mi duda es si es posible redactar un escrito solicitando que sean admitidos a trámite de nuevo los documentos pertinentes a dicha solicitud de forma presencial en las Oficinas de Inmigración o es necesario justificar de algún modo el recurso. Desconozco si era posible formalizar la solicitud de residencia por correo ordinario, pero entiendo que no es posible.
    No sé cómo formular la petición de una nueva valoración sin cuestionar la resolución, que entiendo correcta.
    Me han pedido ayuda porque, como muchos ciudadanos españoles y extranjeros, se han visto muy perjudicados estos últimos meses y carecen de recursos. Entiendo que su trabajo requiere un pago, pero sé que no pueden permitírselo. De ahí que le haga esta consulta por si puede orientarme para ayudarles. Gracias y un saludo.

    1. Hola Ofelia, por lo que logro entender, hablas de denegación de una solicitud de reagrupación de cónyuge en régimen general. Para este procedimiento no es exigible medios económicos a la cónyuge, quedo a tu orden por si quieres hacerme llegar la resolución de denegación (previo pago de mis honorarios de consulta) ya que tengo que mirar dicha resolución.

      En el caso de ver posibilidades para el recurso de reposición el coste del mismo es de 363eur.
      Saludos!

  16. Gaetanina Schettini

    Hola, soy ciudadana comunitaria y llegue a España en febrero de este año, solicité mi NIE, quise buscar empleo pero se me fue imposible por la situación de confinamiento por causa del COVID-19, me ha llegado la resolución el 28 de mayo donde me deniegan la residencia, he decidido regresar a Italia por motivos económicos y de no tener un lugar donde vivir en España y aunado a esta resolución creo q no tengo muchas opciones. Quisiera saber dentro de cuanto tiempo (meses) puedo regresar a España y volver a solicitar la residencia ya que quiero trabajar y vivir aquí. Gracias y saludos.

    1. como ciudadana comunitaria puede intentar solicitar el certificado de registro comunitario cuando usted quiera siempre y cuando cambien las circunstancias que obedecieron a la denegación de la actual solicitud, también recordarle que quizás aún tenga tiempo para recurrir la resolución denegatoria, en este caso es conveniente mirar la situación en concreto y la resolución denegatoria, todo ello, en una consulta formal para poder detectar si es viable o no interponer el recurso de alzada, dicha consulta puede ser en mi oficina o mediante consulta online la cual puede contratar en el botón de programar cita
      quedo a su orden para lo que decida

  17. Maria Julia Menegon Darolt

    El recurso extraordinario de revision se dirige al organo administrativo que dicto el acto o resolucion recurrida.

  18. Fátima Sánchez

    Hola me han resuelto no favorable el permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena antes tenía permiso por circunstancias excepcionales. Que puedo hacer es por falta de mis antecedentes penales de mi país pero mi embajada no esta trabajando. Gracias

    1. hola Fátima, creo que ya le he respondido por email, si no es así, envíeme la resolución mediante el formulario de contacto
      Saludos!

  19. Hola, estaba espera de respuesta de permiso de residencia por Busqueda de empleo por estudios, como ten ngo que salir del país, pedí una autorización de regreso que dice que puedo regresar hasta abril 2020 hoy me llegó la respuesta y me dice que está denegada, aún no sé los motivos.
    Primero quiero saber si puedo entrar a España con l autorización de regreso vigente, pero con la respuesta denegada.
    Segundo, quiero saber si salgo del país entraría como turista?
    Tercero, puedo cambiar la solicitud y presentarme a visado de estudiante?
    Mil gracias

    1. Hola Jose, lo mejor es que realice una consulta, necesito algunos datos adicionales que son muy importantes para que puedas tomar la mejor decisión según tu situación.
      Saludos!

  20. Buenas. Me acaban de denegar la residencia comunitaria y voy a poner un recurso pero me han dado un numero de nie al presentar la solicitud y estoy trabajando. Puedo continuar en el trabajo mientras no tenga resolución del recurso de alzada?

    1. Hola, te aconsejo consultar tu caso, primero para ver las posibilidades reales de plantear el recurso y segundo para poder explicarte de forma detallada los riesgos que implican el hecho de trabajar o comenzar a trabajar sin la preceptiva autorización de residencia y trabajo. quedo a tú orden en mi oficina en Vigo (calle Príncipe 53, 3º. Vigo CITA PREVIA) o si no estas en vigo mediante consulta online la cual puedes contratar en el botón de programar cita. Lo que decidas me avisas.
      Saludos!

  21. mauricio gonzalez

    abogado lino ,me puede usted decir que documentación necesito maldarle ,porque lo mas probable es que contrate sus servicios .muchas gracias.

    1. En Principio necesito:
      1) Consentimiento expreso para el tratamiento de datos de carácter personal (una vez facilitado su email le enviare el formulario que debe cumplimentar, firmar y enviarme).
      2) hoja de encargo (una vez facilitado su email le enviare el formulario que debe cumplimentar, firmar y enviarme).
      3) poder general para pleitos (una vez facilitado su email le enviare mis datos de colegiado y los del procurador para que pueda ir el interesado a la notaria de su preferencia con su número de NIE o pasaporte original)
      4) copia de todos y cada uno de los documentos aportados a la solicitud (incluido el propio formulario de solicitud que por lo que me comenta debe ser el ex-19)
      5) copia del recurso de alzada interpuesto y de los documentos adjuntados al recurso de alzada.
      En el caso de no conservar copia de los documentos aportados a la solicitud y de los documentos aportados en el recurso de alzada una vez facilitado su email le enviaré un formulario para solicitar formalmente copia de todo el expediente administrativo para poder tener en mano todos los documentos de los puntos 4 y 5.
      6) Para empezar el proceso debe efectuar el pago de mis honorarios por el recurso contencioso administrativo. Escoja bien la opción ya que mis honorarios son distintos si se trata de un contencioso en Galicia o fuera de Galicia.

      No es necesario que espere a la resolución para comenzar a preparar el contencioso, le aconsejo ir efectuando los pasos 1,2,3 y 6, ya que mi volumen de trabajo es elevado y no me gusta dejar que se cumplan los plazos.
      Saludos!

  22. mauricio gonzalez

    buenas noches abogado lino, tengo una pregunta.
    el primera notificación sobre la tarjeta de residencia me salio denegada ,y recurimos al recurso de alzada .Mi pregunta es el numero de expedinte que yo consulto va enlazado a recurso de alzada.por correo no nos ha llegado la respuesta, pero si consulto por la web me sale denegada.debo de esperar que la respuesta me llege a la casa o doy por hecho que el recurso de alzada me salio no favorable. muchas gracias.
    en espera de su respuesta muchas gracias feliz noche.

    1. Buenos días Mauricio, me gustaría precisar dos cosas. Primero, lo que viene denegado es la solicitud de residencia. Segundo, lo que viene desestimado es el recurso de alzada.
      En cuanto a la notificación de desestimación del recurso de alzada, si ha observado en la aplicación que aparece con el estado de desestimación debe esperar a que le llegue la resolución por correo ordinario al domicilio indicado, el hecho de observar el estado de “Desestimado” no indica que se de por notificado ya que no tiene acceso a la resolución formal.
      Si el interesado dispone de certificado digital o sistema clave y en la solicitud marcó la opción de notificación electrónica podría entrar en sede.administracionespublicas. gob.es y descargarse la notificación previa aceptación de la notificación.
      Le aconsejo una espera prudente de 1 semana para recibir la notificación o acercarse inmediatamente a la oficina de extranjería en busca de la resolución, recuerde que el plazo para el Recurso Contencioso administrativo es de 2 meses que se computan desde el día siguiente a la notificación (bien mediante acto de comparecencia en la oficina de extranjería, bien desde el recibo de la resolución mediante correo ordinario o bien desde que pudo lograr la descarga de a resolución en la sede de administraciones públicas)
      Quedo a su orden para lo que necesite. Buen fin de semana
      Abogado Lino García
      Teléf. 603199759

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