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Condiciones de Contrato de Servicio de Poderes Para Venezolanos en el Extranjero

Condiciones de Contrato de Servicio – Redacción y Visado de Poderes para Venezolanos en el Extranjero.

Las siguientes condiciones generales son de aplicación a toda prestación de servicios profesional realizadas, por una parte, entre el Abogado Lino José García Noriega, con domiciliado profesional en la calle Príncipe núm. 53, Piso 3º. Vigo-Pontevedra, CP.36202, en adelante “El prestador del servicio”, mediante el portal www.extranjeria.abogado y, por la otra parte, “El Cliente”. Dichas estipulaciones son de carácter adicional a cualquier acuerdo específico que se suscriba, en todo caso, este contrato general de carácter sinalagmático perfecto predomina sobre el específico en caso de discrepancia.

PRIMERA. Ámbito de aplicación

Las Partes de la relación jurídica de prestación de Servicios son “El prestador del servicio” y el Cliente. Dichos Servicios se entenderán destinados única y exclusivamente a “El Cliente”, Cualquier cesión sin la previa autorización de “El prestador del servicio” será nula. El único titular de la relación jurídica con “El Cliente” es “El prestador del servicio”, al cual se atribuyen los derechos y obligaciones inherentes al ejercicio de la actividad profesional, con independencia de la participación de otras entidades mediante los cuales preste sus servicios.

SEGUNDA. Servicios

“El prestador del servicio” ofrece a “El Cliente” los Servicios que se publiquen dentro de la web según cada asunto. En caso de modificación en el servicio, esta vendrá reflejada por escrito. “El Cliente” tiene plena facultad y libre disposición, Por ello, tiene total responsabilidad en cuanto a la toma de decisión, ejecución, seguimiento y la puesta en marcha del asesoramiento, recomendación consejo relacionados con el servicio recibido. Salvo acuerdo expreso en otro sentido, los Servicios quedan limitados exclusivamente a la jurisdicción española.

TERCERA. Responsabilidad.

“El prestador del servicio” no se hace responsable por los resultados del servicio en donde dicho resultado dependa de criterios subjetivos, cambiantes o no ajustadas a derecho por parte de autoridades administrativas o de cualquier otra índole. “El cliente” es el único responsable de la presentación previa de cualquier documento ante el Consulado venezolano respectivo. Visto que el servicio de esta web es prestado a distancia (salvo el caso de Vigo); visto que cada Consulado venezolano tiene o puede tener diversas formas de revisión previa y presentación de dichos documentos. “El Cliente”, tras contratar el servicio y tras facilitarnos todos los datos necesarios para la elaboración del documento, deberá indicar o solicitar si necesita directamente el documento final firmado y visado o un borrador de dicho documento para su presentación y revisión por parte del personal del consulado, en este último caso, le será enviado un borrador vía email o mediante cualquier otro canal, e incluso podrá según el caso acceder a su zona de cliente para su descarga, siempre y cuando esta posibilidad este habilitada. Respecto al servicio de redacción y visados de Poderes para venezolanos, toda vez “El Cliente” presente el borrador y tenga el visto bueno por parte del Consulado respectivo, deberá dar aviso a “El prestador del servicio” sobre las modificaciones o no del documento mediante el email linogarcia@extranjeria.abogado para proceder al envió del documento final firmado y visado, sin que, en ningún caso, la modalidad de envío contratada y el plazo de envío del mismo por parte del transportista suponga un retraso del servicio respecto de la fecha o cita indicada por el Consulado venezolano para la presentación del documento original y definitivo. Aconsejamos a “El Cliente” antes de contratar cualquier servicio en este portal:
1- Indagar en el consulado respectivo si existe o no el requisito previo de presentación de borrador.
2- Acordar con el Consulado una cita para la presentación del documento definitivo con margen de tiempo suficiente de tal modo que la recepción del documento sea anterior a la fecha acordada entre “El Cliente” y el Consulado en cuestión.
En el supuesto de que “El Cliente” haya optado por contratar directamente el servicio de redacción y visado de poderes (poder definitivo) sin revisar en el Consulado Venezolano respectivo el requisito previo de presentación de borrador y, se encuentre en la necesidad de aportar un nuevo documento con las correcciones señaladas por el Consulado, podrá, mediante el servicio de reenvío, solicitar a “El prestador del servicio” un nuevo documento definitivo con las correcciones oportunas exigidas de forma detallada (una sola vez). El coste de redacción y visado del nuevo documento es totalmente gratuito y su precio ya se encuentra implícito dentro del servicio ya contratado con la excepción de que “El Cliente” deberá correr solamente con los gastos de reenvío más IVA. En ningún caso “El prestador del servicio” será responsable de los daños derivados, o causados, en todo o en parte, como consecuencia de la falsedad, el ocultamiento o cualquier otra conducta de “El Cliente” que fuera dolosa o negligente, o no realizada conforme a los principios de la buena fe, o de incumplimientos que se produzcan por causas que están fuera de su control razonable. La responsabilidad de “El prestador del servicio” se limitará a los daños directos (con exclusión, por tanto, del lucro cesante, de la pérdida de negocio o del daño a la reputación) efectivamente causados a “El Cliente”. La eventual responsabilidad de “El prestador del servicio” tendrá lugar únicamente frente a “El Cliente”. “El prestador del servicio” no será responsable de los daños que puedan ocasionarse a terceros como consecuencia del uso que “El Cliente” pueda hacer de los Servicios fuera del destino propio de los mismos.

CUARTA. Honorarios y Gastos

Los honorarios por la prestación de los Servicios a “El Cliente” serán los establecidos al momento de contratación en el portal web, con arreglo a los criterios de cuantificación que en él se establezcan. Salvo indicación en contrario, los importes de honorarios estimados o presupuestados son netos del Impuesto sobre el Valor Añadido y de cualesquiera otros impuestos indirectos que resulten de aplicación, que se incluirán en la factura como conceptos separados y discriminados. Dentro del importe de honorarios no se incluyen los gastos razonables en los que “El prestador del servicio” pueda incurrir en la ejecución de los mismos, que deberán ser reembolsados por “El Cliente”. Los honorarios y gastos deberán satisfacerse aun cuando se frustre la operación o asunto al que se refieran los Servicios.

QUINTA. Facturación y Pago

Salvo acuerdo de las partes en otro sentido, las facturas que emita “El prestador del servicio” serán pagaderas a la vista, en la moneda local del establecimiento u oficina o en la tienda virtual.

SEXTA. Información, Documentación y Confidencialidad.

“El Cliente” ofrecerá a “El prestador del servicio” toda la información y documentación que a su juicio resulten necesarias para la adecuada y eficaz prestación de los Servicios. La información y documentación serán remitidas por “El Cliente” a “El prestador del servicio” por el medio que se considere más idóneo. “El Cliente “manifiesta y garantiza que está debidamente legitimado y facultado para la remisión de la documentación e información que facilite a “El prestador del servicio”, y mantendrá indemne a “El prestador del servicio” de cualquier reclamación de tercero por razón del acceso a la información o documentación remitidas por “El Cliente” o a sus instancias. “El prestador del servicio” no será responsable en ningún caso de las consecuencias que puedan seguirse para “El Cliente” por el hecho de haber remitido información o documentación no veraz, inexacta o incompleta, u obtenida sin legitimación o de forma fraudulenta. “El prestador del servicio” se obliga a salvaguardar la confidencialidad de toda la información y documentación recibida de “El Cliente” que no sean de dominio público, y únicamente podrá desvelarla con autorización de “El Cliente” o por orden de cualquier autoridad administrativa, judicial o legalmente autorizada para ello. Cuando “El prestador del servicio” subcontrate trabajo a proveedores de servicios de tratamiento de textos, fotocopias, traducción o de otro tipo, protegerá la confidencialidad de la información y documentación de “El Cliente” intentando que los pertinentes proveedores firmen un acuerdo de confidencialidad. El deber de confidencialidad de “El prestador del servicio” respecto a la información y documentación recibidas de “El Cliente” no resultará de aplicación respecto de los interlocutores o personas de contacto del propio Cliente o de otros asesores profesionales de “El Cliente” que estuvieran participando en el mismo asunto, salvo que “El Cliente” establezca alguna indicación o limitación previa en sentido contrario. “El Cliente” autoriza a “El prestador del servicio” a conservar copia de cualquier información y documentación facilitada por el mismo con ocasión de la prestación de los Servicios durante el tiempo que considere oportuno, con sujeción al deber de confidencialidad de “El prestador del servicio”. “El prestador del servicio” no asume obligación alguna de mantener dichas copias durante un período de tiempo concreto, pudiendo destruir sus ficheros sin requerir autorización alguna. Si “El Cliente” precisa que “El prestador del servicio” mantenga sus ficheros, deberá solicitarlo expresamente y asumirá los costes complementarios en concepto de mantenimiento de ficheros, acceso a los mismos o envío de documentos en que “El prestador del servicio” pudiera incurrir. Salvo expresa indicación en contrario por parte de “El Cliente”, éste autoriza a “El prestador del servicio” a dar publicidad a su intervención en la prestación de los Servicios a “El Cliente”, siempre que no se desvele información confidencial.

SÉPTIMA. Comunicaciones

“El Cliente” acepta el correo electrónico no encriptado como medio hábil para el flujo e intercambio de documentación, información y, en general, como uno de los canales de comunicación con “El prestador del servicio” para la prestación de los Servicios. “El Cliente” exime a “El prestador del servicio” de cualquier responsabilidad por la interceptación o acceso a los correos electrónicos por personas no autorizadas, así como de cualquier daño o perjuicio que pueda producirse a “El Cliente” como consecuencia de virus informáticos, fallos en la red o supuestos análogos, salvo que fuera por causa imputable a “El prestador del servicio”. De común acuerdo y, para aquellos documentos o información de especial relevancia o sensibilidad que así lo requieren y previamente definidos, las partes podrán establecer procedimientos y medidas adicionales de seguridad para la remisión y el intercambio de información y documentación.

OCTAVA. Conflictos de Intereses.

“El prestador del servicio” presta servicios a un número elevado de clientes, tanto venezolanos, españoles como de otras nacionalidades, en materia de extranjería y otras. Ahora bien, si “El Cliente” tiene conocimiento de alguna circunstancia que a su juicio pueda dar lugar a una situación de conflicto de intereses, deberá comunicarlo inmediatamente a “El prestador del servicio”. Asimismo, “El prestador del servicio” informará inmediatamente al Cliente cuando tenga conocimiento de situaciones de conflictos de intereses que se produzcan por cualquier circunstancia, sobrevenida o no. “El prestador del servicio” podrá intervenir por cuenta de cualquier tercero (aún en el caso de que los intereses de este tercero sean contrarios a los intereses de “El Cliente” y tanto en juicio como fuera de él, siempre que se refieran a asuntos o cuestiones distintos y sin relación con los asuntos encomendados por “El Cliente” a “El prestador del servicio” y aun cuando ello pudiera suponer actuar frente al propio Cliente o frente a alguna otra entidad participada por él, sin que en tales situaciones exista conflicto de intereses que impida a “El prestador del servicio” la aceptación y realización de tales encargos a favor de terceros, salvo en aquellos casos en los que no fuera posible con arreglo a la normativa profesional o deontológica reguladora de la actividad de “El prestador del servicio”.

NOVENA. Cumplimiento normativo.

En virtud de la legislación vigente en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, “El prestador del servicio” está sujeto a obligaciones de verificación de la identidad de “El Cliente” y de sus operaciones y actividades. “El Cliente” se obliga a facilitar a “El prestador del servicio”, de forma completa y veraz, cuanta información sea necesaria y le sea requerida a estos efectos (tanto de “El Cliente” mismo como, en su caso, de sus accionistas, socios, partícipes, administradores, personas relacionadas, etc.) y autoriza expresamente a “El prestador del servicio” a realizar las actuaciones de verificación que, al respecto, considere oportunas. En caso de no obtener la información que fuera necesaria, “El prestador del servicio” se verá imposibilitado de prestar Servicios a “El Cliente”, sin que ello pueda comportar ningún tipo de responsabilidad para “El prestador del servicio”. “El prestador del servicio” está sujeto en los términos legalmente establecidos a la obligación de comunicar al Servicio Ejecutivo de Prevención del Blanqueo de Capitales (SEPBLAC) cualquier hecho u operación, incluso la mera tentativa, respecto de los cuáles exista indicio o certeza de que está relacionado con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, debiendo abstenerse de ejecutar cualquier operación respecto de la que se pongan de manifiesto tales circunstancias. “El prestador del servicio” no será responsable ante “El Cliente” de los daños y perjuicios que este pueda sufrir como consecuencia del cumplimiento, por parte de “El prestador del servicio”, de dichas obligaciones legales.

DÉCIMA. Terminación.

“El prestador del servicio” podrá dar por terminada la prestación de los Servicios en curso (o bien rechazar la dirección de uno o varios asuntos concretos) en cualquier momento, con un plazo de preaviso razonable, por razones de pérdida de confianza, éticas, deontológicas o de cualquier otra naturaleza, todo ello, ejecutando el reintegro del precio satisfecho por “el Cliente”. En todo caso. En el caso de que el “El Cliente” decida resolver el contrato de servicios una vez ejecutado el mismo, tendrá obligación de abonar los honorarios y gastos de “El prestador del servicio” devengados hasta la fecha de terminación de los Servicios ya entregados y satisfechos. Una vez terminada la prestación del Servicio, “El prestador del servicio” no estará obligado a prestar ningún servicio adicional, ni a facilitar a “El Cliente” actualizaciones de la información, opiniones, recomendaciones, consejos o asesoramientos derivados de cambios normativos o cualesquiera otros hechos posteriores a la fecha de la referida terminación, salvo que se generé un nuevo servicio distinto al ya servido. A menos que “El prestador del servicio” y “El Cliente” acuerden otra cosa, el acceso por “El Cliente” al sitio web (extranet) del Servicio, así como el uso de programas de ordenador de conectividad licenciados a esos efectos y el envío de boletines, reseñas y otras comunicaciones comerciales entre “El Cliente” y “El prestador del servicio”, cesarán en la fecha de terminación de los Servicios si así lo expresa tácitamente “El Cliente”.

DÉCIMO PRIMERA. Propiedad intelectual.

Los derechos de propiedad intelectual sobre la documentación generada y sobre las ideas originales concebidas con ocasión de la prestación de los Servicios corresponden a “El prestador del servicio”. “El Cliente” podrá utilizar, exclusivamente para su uso, toda la documentación generada por “El prestador del servicio” con ocasión de la prestación de los Servicios, no pudiendo distribuir la misma ni facilitar su acceso a otras personas distintas o para fines distintos a los que iba dirigido el documento o servicio.

DÉCIMO SEGUNDA. Acuerdo íntegro.

Salvo acuerdo en contrario, estas Condiciones Generales serán de aplicación a cualquier encargo que “El Cliente” haga a “El prestador del servicio” en el futuro. La contratación de cualquier servicio, así como la remisión de instrucciones, o documentos a “El prestador del servicio” por parte de “El Cliente” se interpretará como aceptación tácita de las presentes Condiciones Generales. En el supuesto de que se determinará la nulidad de cualquiera de los presentes términos y condiciones, ello no afectará al resto de los términos y condiciones, que permanecerán en pleno vigor. En el caso de servicios recurrentes “El prestador del servicio” podrá modificar las presentes Condiciones Generales en cualquier momento, en todo caso, serán aplicables las que consten en la página web www.extranjeria.abogado en el momento de prestación del servicio.

DÉCIMO TERCERA. Legislación aplicable – Fuero.

La relación entre “El Cliente” y “El prestador del servicio” se somete expresamente a la legislación donde radique el establecimiento u oficina de “El prestador del servicio”. Para conocer de cuantas discrepancias o reclamaciones pudieran surgir de la interpretación o ejecución de la relación jurídica entre el Cliente y “El prestador del servicio”, ambos, con renuncia expresa a cualquiera otra jurisdicción que pueda corresponderles y sin perjuicio de las normas imperativas sobre competencia judicial, se someten voluntariamente a los Juzgados y Tribunales de la ciudad en la que radique la oficina de “El prestador del servicio”.

Abogado. Lino José García Noriega. Versión: Marzo 2019.