Excepciones a la Situación Nacional de Empleo

Informe previo para estancia de menores para tratamiento médico o vacaciones

El Informe previo para estancia de menores para tratamiento médico o vacaciones es un documento cuyo responsable de expedición es el Subdelegado o Delegado del Gobierno.

Es un documento que estudia e informa sobre periodos no superiores a noventa días en programas promovidos y financiados por:

  • Administraciones públicas,
  • Asociaciones sin ánimo de lucro
  • Fundaciones
  • Otras entidades
  • Personas ajenas a quienes ejercen su patria potestad o tutela

Es importante que la estancia sea temporal temporal y con fines de tratamiento médico o disfrute de vacaciones.

El informe debe valorar :

  • El fin de la estancia y su duración,
  • Aspectos en materia sanitaria
  • Protección jurídica del menor,.

Normativa Básica del informe previo para estancia de menores para tratamiento médico o vacaciones

Requisitos

  • La entidad que promueva el programa deberá presentar ante la Delegación o Subdelegación del Gobierno informe emitido por el órgano autonómico competente en materia de protección de menores sobre el programa.
  • Constancia del fin de la estancia y su duración.
  • Garantiza de la protección sanitaria, escolar y jurídica del menor.
  • Manifestación o compromiso de familiares de que el desplazamiento no tiene por objeto la adopción y, además, el compromiso de favorecer el regreso al país de origen o procedencia.
  • Compromiso de que el regreso del menor no implica coste alguno para el erario público.

Documentación necesaria para el informe previo para estancia de menores para tratamiento médico o vacaciones

  • Impreso de solicitud de informe previo, en modelo oficial EX–14 firmado por la entidad promotora del programa.
  • Programa de desplazamiento donde conste: el fin de la estancia, su duración, así como la protección sanitaria, escolar y jurídica del menor.
  • Informe emitido por el órgano autonómico competente en materia de protección de menores.
  • Pasaporte completo del menor.
  • Relación de los datos personales de cada uno de los menores incluidos en el programa cuando sea más de un menor de edad el que se desplaza.
  • Escrito de conocimiento de que la acogida no tiene por objeto la adopción, en el supuesto de ser acogido por una familia o persona individual.
  • Compromiso de facilitar el regreso al país de origen o procedencia del menor.
  • Manifestación o compromiso de que el regreso del menor no implica coste para el erario público, salvo que este coste esté asumido expresa y previamente por la autoridad competente.

Procedimiento para el informe previo para estancia de menores para tratamiento médico o vacaciones

Sujeto legitimado para presentar la solicitud de informe previo: entidad promotora del programa, personalmente.

Lugar de presentación

Delegación o Subdelegación del Gobierno en la provincia en la que vaya a permanecer el menor.

Tasa por emisión del informe

Se devengará en el momento de la solicitud y debe abonarse en el plazo de diez días hábiles. todo ello, mediante el modelo 790 Código 052 epígrafe 6.6.

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