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Certificado de Residencia Permanente

CONOCE LOS REQUISITOS Y EL PROCEDIMIENTO PARA EL CERTIFICADO DE RESIDENCIA PERMANENTE UNIÓN EUROPEA – GUÍA COMPLETA 2021

Qué es el Certificado de Residencia Permanente Unión Europea?

Se trata de un documento de residencia destinado a nacionales de cualquier Estado Miembro de la Unión Europea y del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y Suiza.

Es permanente por cuanto ofrece el derecho a residir de forma indeterminada.

Siempre es necesario el haber cumplido el periodo de 5 años de residencia.

Dicho de otro modo, el certificado en cuestión se equipara a la autorización de residencia del régimen general o extracomunitario.

Pero solo en el sentido de que puede ser entendido como aquella fase subsiguiente a una residencia temporal previa.

Y salvando otras diferencias claramente marcadas como lo son, las renovaciones de residencia temporal del régimen extracomunitario.

Para obtener una autorización permanente es necesario previamente haber cumplido la autorización temporal.

Esto es, 1 año, 2 años  para la primera renovación y 2 años para la segunda  y tercera renovación.

Mientras que en el régimen comunitario, en la primera fase de residencia no existe renovación para el propio ciudadano de la Unión.

Salvo algunas renovaciones forzadas o provocadas por prácticas restrictivas de algunas Subdelegaciones de Gobierno quienes basadas en la concurrencia o no de determinados medios económicos otorgan una tarjeta de familiar de comunitario por un periodo inferior al legalmente establecido tanto en el propio texto del RD 240/2007 como en la exposición de motivos de mismo, práctica que también es contraria a la propia Directiva que origina su transposición.

Requisitos Certificado de Residencia Permanente Unión Europea

Los requisitos del certificado de residencia permanente Unión Europea varían ligeramente en función de su situación:

1.- Casos en los que el comunitario haya alcanzado la edad de jubilación con derecho a pensión, jubilación anticipada con una actividad de 12 meses en España y con residencia superior a 3 años podrá acceder al derecho de residencia permanente.

2.- Cuando el ciudadano de la Unión que haya obtenido una incapacidad permanente pero con una residencia ininterrumpida de 2 años en España. Este periodo de 2 años no se exige en los casos de incapacidad total o parcial producto de un accidente de trabajo o enfermedad profesional.

3.- Casos de ciudadano de la Unión que después de haber trabajado y residido durante 3 años ininterrumpidos en España mantenga dicha actividad regresando al territorio español diariamente o, al menos, una vez por semana.

Un plazo de residencia previa inferior a  5 años puede permitir acceder a la residencia permanente?

La situación personal y laboral pueden hacer que el periodo general de 5 años de residencia como derecho para acceder al certificado de residencia permanente Unión Europea se vea reducido.

También es importante que el ciudadano de la Unión disponga de medios económicos o sea un trabajador, o se encuentre Estudiando en España.

Medios Económicos del Certificado de Residencia Permanente Unión Europea

Respecto a los medios económicos del Régimen Comunitario puedes ampliar la información en el siguiente link

Estadísticas de autorizaciones de residencia del régimen comunitario concedidas durante el 2019.

[wpcharts type=”piechart” legend=”true” titles=”Rumanía (1.070.090),Reino Unido (359.471), Italia (332.461),Bulgaria (199.089), Alemania (175.461),Portugal (172.794),Francia (169.149),Polonia (102.918),Países Bajos (64.514),Marruecos (56.975),Colombia (54.098),Venezuela (45740),Bélgica (41.167),República Dominicana (34.402),Suecia (33.123)” values=”1070090,359471,332461,199089,175461,172794,169149,102918,64514,56975,54098,45740,41167,34402,33123″]

El número de extranjeros residentes en Régimen de Libre Circulación UE se sitúa en 3.435.034 a 31 de diciembre de 2019.

Se ha producido un incremento neto de 160.180 en variación interanual, el 4,9% en términos relativos. Los colectivos que han registrado mayores incrementos interanuales netos son los nacionales de Italia (30.359; 10,1%), Reino Unido (28.560; 8,6%), Rumanía (15.632; 1,5%) y Francia (9.939; 6,2%).

En el caso de los familiares de ciudadanos UE, las nacionalidades más numerosas corresponden al colectivo marroquí, colombiano, venezolano y dominicano. El máximo incremento neto lo experimenta el colectivo venezolano, con una variación neta anual del 23,3%.

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Lino Garcia

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Lino Garcia
Etiquetas: comunitario

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