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residencia independiente de familiar reagrupado

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Fuiste reagrupado y ahora quieres independizarte? Pues te mostramos como hacerlo
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residencia independiente de familiar reagrupado

¿Qué es?

Es un tipo de residencia y trabajo que puede ser obtenida de manera independiente por el  familiar reagrupado.

Regulación

Este tipo de autorización tiene su regulación en los artículos del 16 al 19 de la LO 4/2000, en el artículo 59 del RD 557/2011 y en la Directiva 2003/86/CE,  de Septiembre, sobre el derecho a la reagrupación familiar.

Supuestos:

  • Cónyuge o pareja reagrupada que en casos de separación, divorcio o cancelación de la inscripción terminen la vida en común pero que logren demostrar una convivencia de al menos dos años.
  • En caso de ser víctima de violencia de género o por conductas violentas en el entorno familiar.
  • Fallecimiento del reagrupante.
  • Si se trata de ascendientes tienen que reunir los requisitos para obtener autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, cuenta propia, investigación o como profesional altamente cualificado.
  • Hijos o representados que alcancen la mayoría de edad y se encuentren en una de las siguientes situaciones:

-Que hayan residido cinco años en España.
-Poder acreditar que disponen con medios económicos de una autorización de residencia no lucrativa, es decir, que pueda acreditar el 400% del IPREM, (2.800 euros al mes).
-Cuentan con uno o varios contratos de trabajo.
-Cumplen los requisitos para una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.

Procedimiento para la residencia independiente de familiar reagrupado

La autorización de residencia independiente de familiar reagrupado puede ser solicitada por el propio reagrupado de manera presencial en la oficina de extranjería de su localidad.

Existen en algunos casos (cuenta ajena) en la que es el empleador el que puede solicitar dicha autorización.

Cuánto tarda el proceso?

El plazo máximo de respuesta es de tres meses, excepto en el supuesto de ascendientes, que dependerá del tipo de autorización que se solicite.

Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya dado respuesta expresa, deberá asumirse que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

Estadísticas de autorizaciones de reagrupación familiar 

Abogado Lino García

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Abg. Lino Garcia
Abg. Lino Garcia

ABOGADO ESPECIALISTA EN EXTRANJERIA , INMIGRACION Y NACIONALIDAD

ICAVigo 3.853

Abogado Especialista en Extranjería A Coruña, Álava, Albacete, Alicante, Almería, Asturias, Ávila, Badajoz, Islas Baleares, Barcelona, Burgos, Cáceres, Cádiz, Cantabria, Castellón, Ciudad Real, Córdoba, Cuenca, Girona, Granada, Guadalajara, Guipúzcoa, Huelva, Huesca, Jaén, La Rioja, Las Palmas, León, Lleida, Lugo, Madrid, Málaga, Murcia, Navarra, Orense, Palencia, Pontevedra, Salamanca, Segovia, Sevilla, Soria, Tarragona, Santa Cruz de Tenerife, Teruel, Toledo, Valencia, Valladolid, Vizcaya, Zamora, Zaragoza.

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Abogado Lino Garcia

Especializado en casos de extranjería, inmigración y nacionalidad

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