En España, existen diferentes tipos de nacionalidad por residencia que permiten a los extranjeros obtener la ciudadanía española. Estos tipos de nacionalidad están diseñados para personas que han vivido y establecido su residencia en el país durante un período determinado de tiempo.
Uno de los tipos de nacionalidad por residencia más comunes es la nacionalidad por residencia ordinaria. Esta opción está disponible para aquellos extranjeros que hayan residido legalmente en España durante al menos 10 años de forma continuada.
Este colectivo representa una de las excepciones a la regla general y en donde se reduce la exigencia de 10 años de residencia. Por ejemplo, aquellos que sean refugiados solo deben demostrar una residencia legal y continuada de 5 años.
Los ciudadanos de países iberoamericanos, solo necesitarán residir legalmente en España durante 2 años antes de poder solicitar la nacionalidad.
Además, existe la opción de obtener la nacionalidad por residencia para personas de origen o con vínculo con español. Esta opción está destinada a aquellos extranjeros que sean descendientes de españoles y que no hayan adquirido la nacionalidad española por nacimiento, así como para los siguientes supuestos:
a) nacido en territorio español.
b) quien no haya efectuado la nacionalidad por opción.
c) El sujeto legalmente bajo tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
d) El que llevare un año casado con español/a y no separado legalmente o de hecho.
e) El viudo/a de español/a, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho.
f) El nacido fuera de España de padres o abuelos españoles de origen.
Para obtener esta nacionalidad, los solicitantes deben probar su vínculo con España y cumplir con ciertos requisitos legales.
En resumen, en España existen diferentes tipos de nacionalidad por residencia que permiten a los extranjeros obtener la ciudadanía española. Estos tipos incluyen la nacionalidad por residencia ordinaria, la nacionalidad por residencia para sefardíes y la nacionalidad por residencia para personas de origen español. Cada tipo tiene sus propios requisitos y condiciones que deben cumplirse para poder solicitar la nacionalidad.
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