El retraso en la homologación de títulos extranjeros en España se ha convertido en un obstáculo sistémico para miles de profesionales, especialmente en el sector sanitario. Aunque la normativa establece plazos claros, la realidad administrativa muestra un Ministerio de Universidades colapsado, donde los escritos de impulso suelen ser ignorados. En este artículo, analizamos por qué la vía judicial a través del recurso contencioso-administrativo es la única solución real y efectiva para obtener tu credencial.
Según el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, la resolución de homologación debe dictarse y notificarse en un plazo máximo de seis meses. Transcurrido este tiempo sin respuesta, opera el silencio administrativo negativo, lo que abre la puerta a la reclamación judicial.
Sin embargo, nuestra experiencia demuestra que el Ministerio maneja tiempos que superan con creces los 24 meses en vía administrativa. Este «bloqueo» no solo es una dejadez burocrática, sino que se puede entender como una denegación presunta cuando transcurren los 6 meses del plazo legal.
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Uno de los mayores desafíos en el proceso judicial es la remisión del expediente administrativo. Es común observar cómo la Administración ignora los requerimientos judiciales de forma reiterada:
Aunque parezca contradictorio acudir a un juzgado para «ahorrar tiempo», el recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional genera una presión que la vía administrativa no tiene.
Este fenómeno se conoce como satisfacción extraprocesal. En el momento en que recibes tu credencial de homologación, solicitamos el archivo del proceso por haberse cumplido tus pretensiones fuera del juicio.
Nuestras demandas no solo se basan en el retraso, sino en la aplicación técnica de Convenios Internacionales. Por ejemplo, para profesionales de Perú, invocamos el Convenio sobre Intercambio Cultural de 1971, que facilita el reconocimiento mutuo de niveles académicos.
Al revisar el expediente, a menudo detectamos que el Ministerio no ha solicitado los informes preceptivos ni ha aplicado las excepciones de «identidad de expedientes» (cuando ya se han homologado títulos iguales de la misma universidad), lo que demuestra una inactividad injustificada.
La homologación es un derecho vinculado a la tutela judicial efectiva (Art. 24 CE). Si tu título de medicina u otra carrera regulada está bloqueado, el recurso contencioso es la herramienta legal para forzar una respuesta que, de otro modo, podría tardar años.
¿Tu expediente lleva más de 6 meses parado? No permitas que la inactividad administrativa detenga tu carrera profesional.
A continuación, respondemos las dudas más comunes basadas en nuestra experiencia jurídica ante la Audiencia Nacional.
Acuerdo de reconocimiento mutuo de títulos, diplomas y grados académicos de Educación Superior Universitaria entre el Reino de España y la República Argentina, hecho «ad referendum» en Madrid el 23 de febrero de 2017. Entre otros
Lo relevante es que la vía judicial suele forzar al Ministerio a dictar la resolución antes incluso de que se dicte sentencia, mediante la figura de la satisfacción extraprocesal.
Es una táctica común de dilación. En nuestro despacho, ante el silencio reiterado (hemos llegado a ver hasta 4 requerimientos ignorados), solicitamos formalmente la imposición de multas coercitivas al funcionario responsable y advertimos de la remisión de testimonios al Ministerio Fiscal. Esta presión técnica suele desbloquear el envío.
No necesariamente. En muchos de nuestros procesos, tras formalizar la demanda y recibir la contestación del Abogado del Estado, el Ministerio emite la credencial de homologación en vía administrativa. En ese momento, solicitamos el archivo del proceso por satisfacción de las pretensiones, logrando el objetivo sin esperar años de litigio.
Sí. Por ejemplo, en el caso de títulos de Perú, aplicamos el Convenio de Intercambio Cultural de 1971. La existencia de tratados internacionales y la «identidad de expedientes» (casos similares ya aprobados) son argumentos clave que utilizamos en nuestras demandas para demostrar que el retraso es injustificado.
Convenio de Cooperación Cultural entre el Gobierno del Estado español y el Gobierno de la República Argentina firmado en la ciudad de Buenos Aires el 23 de marzo de 1971.
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