Conozca los requisitos previos obligatorios y el proceso para obtener una residencia por profesional altamente cualificado en España.
El mercado laboral actual es ferozmente competitivo, lo que dificulta a las pequeñas empresas reunir un equipo adecuado.
Incluso para las empresas que contratan exclusivamente a profesionales de alto nivel, puede resultar difícil identificar y contratar a los mejores talentos.
Para establecer una alianza laboral entre una empresa española y un profesional extranjero cualificado, es vital cumplir todos los requisitos esenciales para la autorización o aprobación de la residencia, que gestiona la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
En ocasiones, las escuelas de negocios sirven de canal para que las empresas adquieran profesionales altamente cualificados.
Son varias las razones por las que la contratación de personal es una tarea ardua para las empresas de todos los tamaños en la actualidad.
Con la llegada de Internet, los demandantes de empleo disponen de un abanico más amplio de oportunidades.
La recesión ha provocado el desplazamiento de muchos trabajadores competentes, lo que ha reducido el número de candidatos potenciales.
Además, hay numerosas pequeñas empresas que compiten por la misma reserva de talento.
Como resultado de estos factores, cualquier empresa que desee contratar empleados excepcionales debe ser estratégica en su enfoque de la contratación.
La contratación de profesionales cualificados puede ser una estrategia muy eficaz para las pequeñas empresas que desean ampliar su equipo.
Poniendo en práctica los consejos que se mencionan a continuación a la hora de contratar nuevo personal, puede aumentar considerablemente sus posibilidades de captar y retener a los mejores empleados.
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Uno de los principales beneficios de la obtención de un Permiso de Residencia para Profesional Altamente Cualificado es la capacidad legal del trabajador para viajar por otros Estados miembros de la Unión Europea y zonas del Espacio Schengen (excluidas Dinamarca e Irlanda) aunque esté autorizado en territorio español.
Es importante tener en cuenta que, aunque este permiso comparte un perfil altamente cualificado con el trabajador de tarjeta azul UE, difieren en el salario y en la movilidad dentro de la UE.
Otra ventaja de este permiso de residencia es la posibilidad de traer directamente a familiares y personas dependientes.
Esto puede hacerse en el momento de solicitar el visado en el país de origen o en el plazo de 90 días desde la entrada si el titular y sus familiares ya se encuentran en España.
Además, el tiempo de residencia legal cuenta para poder solicitar la nacionalidad española por residencia.
El trabajador altamente cualificado no está limitado a trabajar en una zona específica de España, lo que otorga flexibilidad para trabajar y residir en cualquier lugar del país.
Los salarios también son bastante considerables y no se tiene en cuenta la situación nacional de empleo. Tampoco es necesario cumplir los supuestos de excepción del artículo 40 de la Ley 4/2000.
Un profesional competente es un activo valioso para cualquier organización. Aunque contar con las aptitudes necesarias es esencial, es igualmente importante encontrar a alguien que encaje bien en la cultura de la empresa y permanezca comprometido con la organización durante mucho tiempo.
Como empleador, es fundamental evaluar las cualificaciones, años de experiencia y la formación académica de la persona para asegurarse de que posee los atributos necesarios para desempeñar con éxito el puesto.
Respondiendo a estas preguntas, podrá identificar los rasgos que necesita en un empleado altamente cualificado para su organización.
No existe un concepto jurídico de profesional altamente cualificado. Todo lo que conocemos de esta figura proviene de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, cuya Sección 2.ª –«Movilidad internacional»– regula algunos supuestos en los que, por interés económico, se facilita y agiliza la concesión de visados y autorizaciones de residencia, al objeto de atraer inversión y talento a España.
La medida se dirige a los inversores, emprendedores, trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales, profesionales altamente cualificados (que es lo que aquí interesa) e investigadores.
También a los cónyuges e hijos mayores, a través de un procedimiento ágil y rápido ante una única autoridad.
Todo ello, con un plazo variable en función de los distintos casos contemplados.
Estas autorizaciones de residencia tendrán validez en todo el territorio nacional.
No obstante, nuestro concepto de profesional altamente cualificado es el siguiente:
Se trata del directivo o gerente que dirige un equipo de trabajadores en una empresa determinada, pero también, es trabajador altamente cualificado el que posee conocimientos avanzados, técnicos y con una especialización en una actividad en concreto.
Esta figura exige un título universitario o de posgrado, sobre todo en los campos de la ciencia, la ingeniería y la tecnología. Los títulos de posgrado son muy valorados por los empresarios, ya que indican que el candidato tiene conocimientos y aptitudes especializados.
Por ejemplo, las empresas españolas prefieren trabajadores extranjeros altamente cualificados con al menos tres años de experiencia profesional como directivos o licenciados/postgraduados por universidades o escuelas de negocios de prestigio.
La remuneración debe corresponderse con la experiencia, formación y cualificación de la persona. En 2024, el salario bruto anual de un profesional altamente cualificado debería ser de 55.680 euros o más, mientras que otros profesionales altamente cualificados (técnicos) deberían recibir al menos 41.760 euros.
Sin embargo, algunas pequeñas empresas con informes favorables de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones pueden reducir el requisito salarial si el trabajador es menor de 30 años.
Los trabajadores altamente cualificados pueden recibir parte de su salario en especie, pero sin superar el 30% de su sueldo.
Las características y funciones laborales de un profesional altamente cualificado vienen determinadas por sus competencias. Estas competencias se clasifican en dos grupos, Grupo 1 y Grupo 2, según la Clasificación Nacional de Ocupaciones 2011 (CNO-11).
El Grupo 1 incluye a los directores y gerentes, mientras que el Grupo 2 comprende a los profesionales científicos e intelectuales. No obstante, ambos grupos tienen otros niveles de competencia, que son el Nivel 3 y el Nivel 4.
Estas requieren un conjunto especializado de conocimientos y habilidades técnicas y prácticas, así como una instrucción de alto nivel en matemáticas y comunicación.
Los profesionales con competencias de Nivel 3 pueden comprender materiales escritos complejos, preparar informes documentados y comunicarse verbalmente en situaciones difíciles. Sus conocimientos y aptitudes suelen obtenerse a través de estudios superiores o de años de experiencia laboral y formación en el puesto de trabajo.
Ejemplos de profesiones con competencias de nivel 3 son los gerentes de tiendas y almacenes, los técnicos de laboratorio médico, los secretarios jurídicos, los representantes de ventas, los auxiliares de ambulancias, los técnicos de sistemas informáticos y los técnicos de radiodifusión y grabación.
Estas implican capacidad de toma de decisiones y resolución de problemas complejos sobre la base de amplios conocimientos teóricos y prácticos en un campo concreto. Los profesionales con competencias de Nivel 4 pueden desempeñar tareas como el análisis y la investigación para desarrollar el conocimiento humano, el diagnóstico y tratamiento de enfermedades, la transmisión de conocimientos a otras personas, así como el diseño de estructuras o maquinarias en procesos de construcción y producción.
Se necesita un nivel superior de instrucción y de matemáticas y excelentes capacidades de comunicación personal.
Estas competencias a menudo incluyen la capacidad para comprender material escrito complejo y comunicar ideas complejas en medios de comunicación como libros, informes y presentaciones orales.
En algunas ocasiones, la enseñanza formal puede sustituirse por la experiencia y la formación en el lugar de trabajo.
Ocupaciones del nivel de competencias 4 incluyen: directores de ventas y comercialización, ingenieros, profesores de enseñanza secundaria, médicos, enfermeras de quirófano y analistas de sistemas, entre otras.
Pueden existir más ejemplos, no obstante, indicamos los siguientes:
A través de una oferta de una Universidad Española o Institución del Gobierno se puede instar un permiso de residencia como profesional altamente cualificado, llevando a cabo tareas de investigación e impartición de clases.
Nuestra recomendación para este tipo de profesional altamente cualificado es que busquen asesoría. En algunos casos, la universidad los traslada a otro Estado UE por más de 6 meses, lo cual, puede acarrear denegación de renovación del permiso.
La autorización para que profesionales altamente cualificados trabajen en un país extranjero no tiene en cuenta la situación nacional de empleo.
Esto significa que los trabajadores extranjeros pueden solicitar la autorización de este tipo de residencia y trabajo sin restricciones ni políticas locales de protección laboral.
Se trata de una ventaja significativa en comparación con otros permisos en los que la situación nacional de empleo podría impedir la contratación de trabajadores extranjeros.
Habitualmente los criterios vienen determinados por el volumen de facturación, cifra de negocios y plantilla de trabajadores. No obstante, en caso de contratación de graduados o postgraduados no se suele tener en cuenta el tamaño de la empresa.
Profesional Altamente Cualificado UGE – Criterios:
Para garantizar el éxito de la solicitud, es esencial prestar atención a los documentos requeridos, su validez y la preparación del expediente. Si no está seguro del proceso, le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro equipo para obtener ayuda.
Entre los requisitos principales se encuentran el formulario de solicitud MI_T, pasaporte, currículum vitae, tasa, NIF de la empresa, documento de identidad, representación legal del firmante de la solicitud, contrato de trabajo, perfil del puesto, memoria descriptiva de la actividad de la empresa, acreditación de la condición y tamaño de la empresa, auditoría independiente y estados financieros, titulación apostillada/legalizada y traducida, certificado acreditativo de carecer de antecedentes penales, declaración responsable de suficiencia de medios económicos del trabajador, y otros requisitos que se consideren necesarios.
Es necesario prestar mucha atención a la vigencia de los documentos y a la manera de preparar el expediente.
Es aconsejable que contacte y deje en nuestra manos y experiencia el trámite. UGE altamente cualificado
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La obtención de un permiso de residencia para profesionales altamente cualificados es un paso crucial para hacer crecer su negocio, y es esencial buscar el asesoramiento legal de un abogado experto en inmigración. El proceso puede parecer sencillo, pero es prudente contar con la ayuda de un experto para garantizar un proceso de solicitud eficiente y sin complicaciones.
Para lograr el éxito empresarial, es imprescindible contratar a empleados altamente cualificados que puedan ayudarle a cumplir sus objetivos empresariales, prestar un servicio excepcional a sus clientes y mantener unas operaciones fluidas y rentables.
Si desea obtener un permiso de trabajador altamente cualificado, seguir nuestras directrices y cumplir los requisitos aumentará sus posibilidades de éxito. Tiene dos opciones para iniciar el proceso de solicitud, bien en el Consulado español de su país de origen o residencia, bien en España si su entrada en el país se produce en un plazo de 90 días.
Es crucial tener en cuenta que buscar ayuda legal de un abogado de inmigración profesional e importante para garantizar un proceso de solicitud exitoso y sin complicaciones. Abogados residir y trabajar en España para tu residencia PAC o visa profesional altamente cualificado España.
Nada impide efectuar la solicitud en el Consulado de España del país de origen o de residencia del trabajador. En este escenario pueden presentarse situaciones en las que por ejemplo, el trabajador altamente cualificado sea mexicano pero residenciado en Canada.
Ante esta situación de ejemplo, la empresa puede efectuar la solicitud en la UGE y una vez obtenido el permiso de residencia y trabajo, el trabajador puede efectuar la solicitud del visado en el Consulado de España en Canada si sigue siendo residente legal en dicho país, en caso contrario, deberá tramitar el visado en el consulado de España en México.
En el caso de que el trabajador altamente cualificado provenga de un país exento de visado y se encuentre como turista, o incluso, viniendo de un país con obligación de visado, puede perfectamente ser candidato de este tipo de autorización.
Lo importante es presentar la solicitud del permiso a la unidad de grandes empresas y colectivos estratégicos dentro de los 90 días desde su entrada en España.
Existen otros casos en los que el ciudadano extranjero ya es titular de un permiso de residencia y trabajo o incluso de estancia por estudios. Si dicha autorización se encuentra vigente, podrá perfectamente ser candidato para una solicitud de profesional altamente cualificado.
Existen diferencias entre cualquiera de estas opciones. Así por ejemplo: cuando se acude a una solicitud en el Consulado, el proceso de visado es de 10 días hábiles, en ocasiones puede durar un poco más de tiempo.
En cambio, una solicitud directa en España suele tardar 20 días hábiles, en ocasiones puede durar menos tiempo.
Por otra parte, para una solicitud en el Consulado hace falta cita previa, mientras que la vía de solicitud directa del permiso de residencia como profesional altamente cualificado en España es sin cita previa y puede llevarse a cabo de forma telemática por nuestro despacho.
Como profesional, es importante entender que la responsabilidad de obtener un permiso de residencia recae en la Secretaría de Estado de Migraciones, concretamente en la Subdirección General de Inmigración.
El órgano administrativo encargado de tramitar la solicitud es la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE).
Para garantizar un proceso de solicitud fluido, es imprescindible que la solicitud se dirija de forma electrónica a la UGE y se cumplan todos los requisitos.
Cualquier defecto debe subsanarse en el plazo de 10 días hábiles para evitar retrasos.
Es importante tener en cuenta que cualquier requerimiento interrumpe el plazo de tramitación de 20 días, que se reanuda una vez realizada la subsanación.
El incumplimiento de los requerimientos puede dar lugar a una resolución de inadmisión a trámite y archivo del expediente, que obliga a presentar de nuevo la solicitud o en algunos casos interponer recursos administrativos o una demanda contencioso-administrativa que puede durar 1 año.
Se recomienda presentar la solicitud en el plazo de 90 días para evitar complicaciones. No obstante, si ha transcurrido el plazo de 90 días, aún es posible presentar la solicitud, pero en este caso el solicitante deberá regresar a su país de origen.
El proceso formal de solicitud a la UGE requiere la recopilación de toda la documentación necesaria tanto del empleado como de la empresa. Es crucial presentar la solicitud dentro de los 90 días siguientes a la entrada del empleado en España. Nuestros servicios pueden ayudar en la representación de la empresa, la organización del proceso de solicitud y el seguimiento con la UGE para evitar cualquier riesgo potencial de denegación.
Es esencial mantener una solicitud organizada y completa con todos los documentos necesarios desde el principio. No es recomendable presentar una solicitud incompleta y adjuntar los documentos pendientes más tarde. Es mejor aportar desde el principio todos los documentos que acrediten los datos necesarios.
Si transcurren 20 días hábiles desde la solicitud de este permiso de residencia sin recibir respuesta de la UGE, el artículo 76.1 permite que opere el silencio administrativo. En tal caso, debe entenderse que la solicitud ha sido estimada ya que el silencio administrativo se considera una respuesta positiva.
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Resolución para la concesión de residencia a profesionales altamente cualificados
Como se ha indicado anteriormente, se espera respuesta en el plazo de 20 días hábiles desde la finalización del plazo. Una vez concedida la autorización mediante la correspondiente resolución, deberá solicitar la tarjeta de identidad de extranjero en la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía.
Una vez solicitada la tarjeta, deberá esperar 45 días hábiles para volver a la Comisaría de Policía a recoger su tarjeta de identificación (TIE).
Aunque la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores (Ley de emprendedores) no contempla la posibilidad de modificación, sí se puede modificar para un Permiso de Residencia de Trabajador Altamente Cualificado.
En ocasiones, el proceso de modificación se utiliza cuando se observa que no se pueden mantener los requisitos que permitieron la concesión inicial. Por ejemplo, si se produce un despido, un cambio en las condiciones de trabajo o un cambio en las circunstancias personales o familiares del titular.
En cualquier caso, es importante presentar una notificación mientras se esté en una situación regular.
En ocasiones, no se puede mantener una relación laboral, también puede ocurrir casos de cierre de empresa, despidos, muerte del empleador, etc. Por ello, la residencia altamente cualificado debe modificarse para poder mantener su estatus legal en España, estas son algunas de las autorizaciones de residencia a las que puede modificar: estancia por estudios, residencia no lucrativa, tarjeta de familiar comunitario, residencia y trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia, Profesional Altamente Cualificado del Régimen General, Golden Visa.
En cada una de ellas debe cumplir ciertos requisitos. Así que, recuerda, es posible modificar residencia personal altamente cualificado.
Los familiares de residencia par profesionales altamente cualificados pueden acompañarle durante la solicitud inicial o en cualquier momento posterior. Es crucial determinar quiénes reúnen los requisitos para ser considerados familiares directos.
Según el artículo 62.4 de la Ley 14/2013, son familiares directos el cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, los hijos del titular o de su cónyuge/pareja que dependan económicamente de él, los menores sujetos a tutela y los ascendientes en primer grado que dependan del titular o de su cónyuge/pareja.
Cabe destacar que los familiares del profesional altamente cualificado pueden trabajar en España, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. Pero, sus residencias siempre dependerán de la del profesional altamente cualificado.
Durante el periodo de validez de la autorización o del permiso de residencia profesional altamente cualificado España, es posible que un trabajador altamente cualificado pierda su contrato. En tal caso, es imprescindible informar a la UGE. Si el trabajador encuentra un nuevo empleador, puede presentar una nueva solicitud, que se considerará como la inicial. Sin embargo, no basta con cambiar de empresario. El nuevo empresario debe cumplir los mismos requisitos que el anterior.
Del mismo modo, cuando se produce un cambio de empresario dentro del mismo grupo de empresas, debe presentarse una nueva solicitud, salvo en caso de absorción o fusión de empresas.
Si un trabajador altamente cualificado es despedido durante el periodo de residencia inicial, debe comunicarlo a la UGE. Sólo podrá renovar el permiso de residencia si tiene derecho a prestaciones de desempleo.
Como profesional altamente cualificado con permiso de residencia en España, es fundamental tener en cuenta los periodos máximos de ausencia del país. La Disposición Adicional Sexta de la Ley 14/2013 aporta claridad al respecto. En ella se establece que, si bien es necesario acreditar la residencia continuada para adquirir la residencia de larga duración o la nacionalidad española, la renovación de la residencia puede concederse incluso con ausencias superiores a seis meses al año para inversores extranjeros o trabajadores extranjeros cuyas empresas operen en el extranjero pero tengan una base de operaciones en España.
Es esencial tener en cuenta que una autorización de residencia como profesional altamente cualificado no es lo mismo que una golden visa o una autorización de residencia como inversor. Por ello, es aconsejable que los profesionales altamente cualificados no superen los límites de ausencia fuera de España ya que están autorizados a residir en España y no fuera de ella.
No obstante, conviene tener en cuenta la incidencia que va a generar la Sentencia del Tribunal Supremo de 05-06-2023 que declara nulo el artículo 162-2º-e) del Real Decreto 557/2011 al carecer dicho artículo de soporte legal, es decir, sin ninguna previsión al respecto en la Ley 4/2000.
Para renovar su autorización de residencia de trabajador altamente cualificado, debe mantener los mismos requisitos que antes, salvo algunas excepciones relacionadas con el cambio de empleador, el despido y el derecho a prestaciones de desempleo.
La renovación debe solicitarse 60 días antes de la fecha de expiración de la autorización actual. Aunque se permite la renovación dentro de los 90 días siguientes, no se recomienda ya que puede dar lugar a una sanción.
Cualquier reducción de jornada, salario o condiciones puede afectar al proceso de renovación. La administración española comprobará las cotizaciones a la Seguridad Social a través de la plataforma SILCON, por lo que cualquier discrepancia puede causar problemas durante el proceso de renovación.
TE recomiendo leer mi post sobre 6 errores a evitar PAC – Profesional Altamente Cualificado
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Es un permiso de residencia y trabajo para personas con un nivel formativo alto, la acreditada de por lo menos 3 años de experiencia profesional, etc.
Es un tipo de autorización regulada en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Recomendamos solicitar la autorización con un despacho de abogados experto en este tipo de autorización de residencia. En la presentación de la solicitud hay que prestar mucha atención a los detalles.
Es el propio trabajador que desempeña una actividad por cuenta ajena, con una remuneración alta comparativamente y que posee conocimientos avanzados en una ocupación o posee una titulación de grado superior.
La unidad de Grandes Empresas es el órgano administrativo que tramita y resuelve las autorizaciones de la Ley 14/2013, dentro de ellas se encuentra la residencia de trabajador altamente cualificado.
El salario, retribución, pago o remuneración del trabajador altamente cualificado esta compuesto por dos umbrales o baremos según sea del Grupos 1 y 2 de la Clasificación Nacional de Ocupaciones 2011 (CNO-11).
Es decir, directivo o gerente (grupo 1) deberá superar 55.680euros anuales.
Mientras que el salario bruto anual exigido para el resto de profesionales altamente cualificados (grupo 2) debe ser superior a 41.760 euros.
Por norma general la vigencia es de 2 años prorrogables, esto representa otra diferencia comparativa en relación con el resto de autorizaciones del régimen general, en donde cualquier autorización inicial es de 1 año.
Esto no quiere decir que no exista un permiso de residencia para trabajador altamente cualificado igual a 1 año. Al contrario, esta posibilidad puede ocurrir si el contrato esta supeditado al espacio temporal de 1 año o por lo menos así venia ocurriendo antes de la reciente reforma del Estatuto de los trabajadores.
Considero que con las nuevas contrataciones de carácter indefinido se propiciará a que cualquier autorización inicial sea de 2 años al exigir la nueva normativa un contrato de duración indefinida como regla general y salvo ciertas excepciones.
Hay que tener presente que deberá comunicar a la UGE esta situación
En caso de despido el trabajador altamente cualificado debe comunicar esta situación a la UGE y podrá solicitar una solicitud inicial o incluso renovar si tiene derecho a prestación por desempleo.
Es importante no dejar pasar los plazos, este tipo de autorización debe renovarse preferiblemente dentro de los 60 días previos a su vencimiento, aunque pueda renovarse pasado dicho plazo y hasta 90 días posteriores, no es aconsejable.
Familiares pueden ser:
Para el ejercicio 2022 la tasa de la autorización inicial es de 73,26 euros, y para la renovación son de 78,67eur.
A diferencia del régimen general, no existe en la Ley 14/2013 ningún impedimento para que un profesional altamente cualificado pueda desarrollar actividades y darse alta como autónomo. Por lo que, desde mi punto de vista, estar dado de alta como autónomo no comporta perjuicios de cara a la renovación PAC.
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Buenas tardes Dr.
Realmente agradecerle, ya que es la información más completa que he encontrado a la fecha en cuanto a este tema. Tengo una Visa PAC desde el 05-07-2023 como programador y actualmente quiero cambiar de empleador.
Tengo una oferta en la cual el salario bruto son 35k y mi edad son 36 años, no encuentro por ningún lugar la escala salarial en cuanto a si basándonos en estos rangos cumplo con la disposición para poder hacer el cambio de empleador de forma satisfactoria, ya que actualmente en mi empresa actual devengo un sueldo superior a este.
Buenas noches, le recomiendo que programe su consulta conmigo, en el botón de cita previa situado en la parte superior izquierda de esta web
Buen dia tengo una duda, he presentado mi solicitud para PAC siendo medico de 28 años, actualmente me han respondido pidiendo DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:
- El formulario de solicitud firmado con el certificado digital AC Representación de la empresa solicitante, ha pasado una semana habil de haber dado respuesta segun el estudio que me llevo el caso no es una subsanacion sino es un documento extra, pero no saben decirme cuanto tiempo puede demorar en responder la UGE para dar una resolución final, quisiera saber si me pudiera ayudar a saber que tiempo puede demorar y si realmente es una documentación adicional lo que se requiere o es una subsanacion por lo que podria demorar el tiempo de espera o que me recomienda hacer, espero me pueda ayudar gracias
.
Pues hace falta saber la fecha en la que ha sido contestado el requerimiento, fecha desde que se presento la solicitud, etc para saber si ya ha transcurrido el cómputo de los 20 días hábiles del procedimiento. Un requerimiento interrumpe el plazo de 20 días y se reanuda una vez la UGE recibe la contestación y los documentos requeridos, siendo así, una vez cumplidos los 20 días sin resolución procede solicitar certificado de silencio administrativo.
Buenas Tardes DR.
me denegaron la residencia por el motivo :
- Por no quedar suficientemente demostrado, con la documentación presentada en el expediente, que las funciones y tareas
indicadas en el perfil del puesto de trabajo se correspondan con la retribución total de 19.200 euros, que se establece para el
mismo, y acrediten la alta cualificación del trabajador, requisito establecido en el artículo 71 a) de la Ley 14/2013.
Debo presentar una solicitud nuevamente? hable con el dueño de la empresa y el salario nuevo va a ser de 31200 €
Muchas gracias y muy completa la información.
Saludos
Pues dependerá de su edad,quedo a su orden por video consulta
Buenas tardes, Estuve con PAC durante un año y luego renuncie a la empresa por lo que solicite una estancia por estudios para realizar la especialidad MIR en la cual se me ha negado en dos ocasiones por no disponer de la Resolución de extinción de la autorización de residencia inicial para profesionales altamente cualificados (la cual le notifique a UGE).
Actualmente tengo mi NIE vigente (de la PAC). Pero ahora no se que debo hacer.
Como obtengo la extinción de la autorización?, y esta al tenerla quedaría yo de forma ilegal? Actualmente estoy haciendo la especialidad MIR.
Me temo que su caso es un asunto para un recurso potestativo de reposición o incluso un contencioso-administrativo (demanda). Cuaquiera de ellas, sin garantías. Lo correcto era haber solicitado y obtenido la extinción e inmediatamente haber aplicado a la estancia por estudios si aun tenia días de plazo.
hola soy médico tengo el visado PAC ENTRE EN DICIEMBRE A ESPAÑA PERO TUVE QUE REGRESARME EN ENERO POR PROBLEMA PERSONALES HACIA MI PADRES VOY A REGRESAR A ESPAÑA PERO LA EMPRESA ME DIJO QUE BUSCARA OTRA EMPRESA QUE ME CONTRATARA EN ESPAÑA QUE IGUAL ELLOS ME DIJERON QUE ME ENTENDIA , YA LA TENGO PERO NO SE QUE TENGO QUE HACER AHORA ?
Pues debería programar su consulta conmigo, en la home de esta página web tiene el botón para programar su cita, para poder conversar sobre el cambio de empleador PAC
Can you be more specific about the content of your article? After reading it, I still have some doubts. Hope you can help me.
Thank you very much for your comments
Hola Lino, Estoy en trámite de visa pac por cambio de empleador, se hizo subsanacion por falta de una firma digital por parte de la empresa el 16 de febrero y se cumplieron los 20 días naturales y no hemos tenido respuesta, la empresa solicitó el silencio administrador positivo y me gustaría saber cuánto tiempo tarda la respuesta, cuál es el paso a seguir y cuando podría empezar a trabajar. Un saludo
En primer lugar no existe el visado por cambio de empleador, los visados se tramitan en el consulado. En segundo lugar el plazo de 20 días no son naturales sino hábiles, por último, no existe plazo de emisión del posible certificado de acto presunto (silencio administrativo), en la práctica puede durar 1 semana en ser notificado. Para una consulta formal quedo a su orden en el botón de cita previa de esta web.
Buena tarde Lino,
Soy médica y actualmente tengo un PAC , adjudicare plaza mir en mayo. Puedo continuar con mi PAC siendo mir ? de lo contrario , ¿ de que forma puedo continuar en situación regular sin tener que volver a la vista de estudios ? ¿ cual es la diferencia si renuncio a mi PAC o me despiden ?
Puede continuar como PAC, asegúrese de renovar en tiempo y forma su residencia, no veo e porque deba volver a la situación de estancia por estudios, si renuncia estaría haciendo lo peor que pude hacer un PAC, si le despiden debe notificar a la UGE y encontrar un nuevo empleador que pueda garantizarle la misma situación. Para consultas formales debe programar en el botón de cita previa de esta web
Buenos días Lino, soy médico y acabo de recibir una resolución favorable para un PAC, tristemente no sabía que mis familiares(esposa e hijo de 3 años) tenían la posibilidad de comenzar este proceso conjuntamente, ellos ya se encuentre conmigo en España desde hace 1 año legalmente, pero su NIE ha vencido recientemente, existe posibilidad de que que aún se beneficien de esto? Muchas gracias.
No logro entender su planteamiento, primero dice que no sabia que sus familiares podían haber aplicado gracias a su residencia...luego dicen que ellos tienen 1 año de forma legal en España...Si se refiere a la posibilidad de renovación del NIE/TIE/autorización, le recomiendo cuanto antes que programe su consulta en el botón de cita previa de esta web
Señor Lino:
Soy gestor administrativo colegiado en Alicante y no consigo encontrar la respuesta a esta consulta que le traslado. Tengo un cliente con la residencia por traslado intraempresarial ICT UE de un año renovada hasta Marzo de 2024, y parece ser que su empleador lo va a despedir.
Creo que hay que comunicarle a la UGE el despido en el plazo de 30 días.. y no sé si hay que hacerlo en algún impreso especial o es un escrito de comunicación del despido, una vez haya tenido lugar.
Por otro lado, decir que a partir de ahí me pierdo y no sé si se puede hacer algo para ser contratado por otra empresa (presentar solicitud nueva de la misma autorización de residencia y trabajo por traslado intraempresarial) y que el cliente mantenga su residencia legal.
O más bien, si con esta autorización puede ser contratado por otra empresa o el permiso de residencia por traslado ICT UE está ligado a la empresa y pierde su permiso de trabajo si pierde el empleo. En caso de que la pierda, se queda en situación irregular desde el despido??? o estará regular hasta la caducidad de la tarjeta?...
Si puede pedir nueva autorización con otra empresa, hasta cuándo tiene de plazo para hacerlo después de la comunicación del despido ??? Hasta la caducidad de la tarjeta ??...
Le agradecería cualquier tipo de información que me pudiese brindar sobre el tema y el posible cambio de empleador ...
Atentamente.
Estimada Elia, gracias por sus palabras, como podrá leer en el artículo, el PAC debe notificar a la UGE en un plazo de 30 días aportando la carta de despido, en caso de renuncia es complicado, una vez que ha sido despedido y notificado puede renovar su permiso en el 2024 si ya posee cotizaciones suficientes que le permitan ser perceptor de la prestación contributiva, en caso contrario tendrá la nueva empresa que hacer una solicitud inicial como PAC.
¡Saludos!