Conoce los requisitos y el proceso para la residencia para familiares de ciudadanos del Reino Unido?
Tras el Brexit se establece un nuevo procedimiento de residencia para familiares de ciudadanos del Reino Unido que vayan a residir en el territorio Español por un período superior a tres meses.
Desde 06-07-20 los familiares de ciudadanos británicos deberán solicitar el documento de residencia mediante el formulario EX 21.
Esto según la instrucción quinta de la Resolución de 2 de julio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Instrucción conjunta de la Dirección General de Migraciones y de la Dirección General de la Policía, por la que se determina el procedimiento para la expedición del documento de residencia previsto en el artículo 18.4 del Acuerdo de Retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.
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Plazo para la solicitud del documento de residencia para familiares de ciudadanos del Reino Unido?
Los familiares de ciudadanos del reino Unido que quieran residir en España por un periodo superior de 3 meses deben cumplir todos los requisitos y efectuar la solicitud del documento de residencia en la Oficina de Extranjería del domicilio donde pretendan afincarse.
El periodo transitorio marca el plazo para dicha solicitud, este periodo transitorio es hasta el 31-12-2020.
No obstante, la solicitud también podrá efectuarse después de 3 meses desde la entrada en España.
Situación para la obtención del documento de residencia para familiares de ciudadanos del Reino Unido
La situación dependerá de si el familiar del ciudadano del Reino Unido es:
- Titular de una tarjeta de familiar comunitario inicial y no ha alcanzado los 5 años;
- Si es titular de una tarjeta de residencia temporal de familiar comunitario y ha alcanzado los 5 años;
- En el caso de Tener una tarjeta de residencia permanente (10 años);
- Nunca ha tenido tarjeta de residencia.
Como Familiar de ciudadano del Reino Unido deberán reunirse las siguientes condiciones:
- Que el ciudadano de Reino Unido que da derecho sea un trabajador cuenta ajena o por cuenta propia en España.
- Estudiante y estar matriculado en un centro público o privado reconocido.
- Beneficiario de un seguro de enfermedad público o privado.
- El ciudadano del Reino Unido debe poseer recursos suficientes para sí y los miembros de su familia.
Medios económicos para el certificado de residencia de ciudadano comunitario.
La valoración de la suficiencia de medios económicos se efectuará de manera individualizada y, en todo caso, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del solicitante. Puedes ampliar la información en el siguiente enlace
Validez del Documento de Residencia – residencia para familiares de ciudadanos del Reino Unido?
La validez es de 5 años, recuerda que se trata de una de autorización de residencia inicial.
Una vez superado el periodo de 5 años de residencia inicial podrá acceder a la residencia permanente.
Ausencias
Como sabemos, el Acuerdo de retirada no exige la presencia física en España al finalizar el período transitorio del Ciudadano Británico ni de sus familiares.
Por esta razón las ausencias temporales que no afecten al derecho de residencia serán aceptadas, y también las ausencias prolongadas respecto al derecho de residencia permanente.
Este elemento (privilegio) deberá considerarse tanto para la expedición del documento de residencia como para su renovación.
Al respecto, conviene tener en cuenta la Sentencia del Tribunal Supremo de 05-06-2023 que declara nulo el artículo 162-2º-e) del Real Decreto 557/2011 al carecer dicho artículo de soporte legal, es decir, sin ninguna previsión al respecto en la Ley 4/2000.
Estadísticas de autorizaciones concedidas del régimen comunitario durante 2019
[wpcharts type=”piechart” bgcolor=”” min=”0″ legend=”true” titles=”Rumania 1070090, Reino Unido 359.471, Italia 332.461, Bulgaria 199.089, Alemania 175.461, Portugal 172.794, Francia 169.149, Polonia 102.918, Países Bajos 64.514, Marruecos 56.975, Colombia 54.098, Venezuela 45.740, Bélgica 41.167, República Dominicana 34.402, Suecia 33.123,” values=”1.070.090, 359.471, 332.461, 199.089, 175.461, 172.794, 169.149, 102.918, 64.514, 56.975, 54.098, 45.740, 41.167, 34.402, 33.123,”]
El número de extranjeros residentes en Régimen de Libre Circulación UE se sitúa en 3.435.034 a 31 de diciembre de 2019.
Se ha producido un incremento neto de 160.180 en variación interanual, el 4,9% en términos relativos. Los colectivos que han registrado mayores incrementos interanuales netos son los nacionales de Italia (30.359; 10,1%), Reino Unido (28.560; 8,6%), Rumanía (15.632; 1,5%) y Francia (9.939; 6,2%).
En el caso de los familiares de ciudadanos UE, las nacionalidades más numerosas corresponden al colectivo marroquí, colombiano, venezolano y dominicano. El máximo incremento neto lo experimenta el colectivo venezolano, con una variación neta anual del 23,3%.
Procedimiento de Solicitud
Usted puede presentar la solicitar en la oficina de extranjería una vez tenga todos los requisitos, documentos y la cita oportuna.
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