A veces puede que te hayas peguntado ¿por qué residencia no lucrativa? o ¿cómo solicitar residencia no lucrativa en españa?, antes de responder a estas preguntas debes saber que significa.
Este tipo de residencia es una autorización de carácter temporal que solo permite residir sin poder desempeñar actividad laboral de ningún tipo. Está pensada para personas con ingresos suficientes y que deciden por alguna razón residir en España.
No se trata de invertir sino más bien de usar recursos económicos propios.
Esta autorización debe solicitarse siempre en el país de origen, concretamente en la Misión Diplomática de España en dicho País del solicitante.
Habitualmente es concedida por un año, con lo cual, durante ese año, solo podrá residir sin poder ser empleador – empresario – autónomo (trabajador por cuenta propia).
Tampoco podrá ser contratado o empleado por una empresa (trabajador por cuenta ajena).
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Durante el año 2019 fueron concedidas 41,082 autorizaciones de este tipo, de los cuales, los ciudadanos extranjeros de los siguientes países alcanzaron estos resultados: Marruecos (7634), Rusia (5248), China (2049), Brasil (1306), Venezuela (1988) Ucrania (1644), Colombia 1236. entre otros
[wpcharts type=”piechart” bgcolor=”random:gray,yellow,purple,red,blue,orange,Green,Black,White,Brown,Pink,Lilac,Sky-blue,Teal,Gold,Silver,Bronze,Copper” min=”0″ legend=”true” titles=”1086 Argentina, 460 Bolivia, 1306 Brasil, 2049 China, 1236 Colombia, 317 Cuba, 533 Ecuador, 899 Honduras, 7634 Marruecos, 370 Pakistán, 488 Paraguay, 522 Perú, 471 Rep. Dominicana, 5248 Rusia, 1644 Ucrania, 1988 Venezuela, 14781 Resto de países” values=”1086,460,1306,2049,1236,317,533,899,7634,370,488,522,471,5248,1644,1988,14781″]
Este tipo de autorización se encuentra establecida en los artículos 30 bis y 31 de la Ley 4/2000 y en los artículos 45.2.a); y 46 al 49 del Reglamento 557/2011.
Los medios económicos deben ser suficientes para soportar gastos de estancia, alojamiento, manutención y regreso tanto del solicitante como de sus familiares.
Baremos:
Para el solicitante el 400% del IPREM (2.800 eur al mes – Cálculo año 2023 en base a 14 pagas). 33.600 eur anuales.
Para el primer familiar el 100% del IPREM (700 eur al mes – Cálculo año 2023). 8.400 eur anuales (14 pagas) por cada familiar.
Para demostrar los medios económicos se puede aportar títulos de propiedad, cheques certificados, tarjetas de crédito con certificación bancaria que acredite la cantidad disponible en dichas tarjetas de crédito, certificado de saldo bancario.
El seguro médico puede ser público o privado, de una entidad aseguradora autorizada para operar en España.
A este respecto es importante que cumpla con coberturas que no impliquen gastos para el sistema sanitario público español, de allí que con frecuencia se exijan coberturas de repatriación, sin copagos y sin carencias.
Existen otros requisitos también importantes por lo que aconsejo consultar en caso de estar interesado en este tipo de residencia.
El procedimiento comienza con la solicitud presentada de forma personal ante el Consulado de España en el país de Origen..
Desde el despacho solo podemos asesorarle de forma integral respecto a a los requisitos y documentos
-Usted tendrá un excelente nivel de seguridad respecto a los requisitos y documentos que deberá presentar en el Consulado de España
-Si sigue al pie de la letra nuestros consejos no debería tener problemas para que le reconozcan el derecho de visado
-Reduciría las posibilidades de recibir requerimientos
-En el caso de necesitar más adelante presentar escritos, alegaciones o interponer recurso potestativo de reposición o contencioso administrativos, nosotros conoceremos al 100% todo su caso.
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Tras la solicitud, la administración pública española deberá emitir en el plazo máximo de 3 meses una resolución que puede ser favorable o desfavorable.
También puede ocurrir que la administración no ofrezca una respuesta expresa, en este caso, estaríamos hablando de silencio administrativo negativo, es decir, la solicitud debe entenderse desestimada.
Tanto si recibe una resolución desfavorable expresa o como si opera el silencio administrativo usted puede instar un recurso administrativo en el plazo de 1 mes ante el mismo Consulado o un recurso contencioso administrativo en el plazo de 2 meses por ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en Madrid.
Aconsejo buscar ayuda profesional con suficiente antelación para presentar cualquier recurso.
En el caso de concesión, el extranjero deberá recoger personalmente en el plazo de un mes el visado.
De no hacerlo así, se entenderá que ha renunciado al visado concedido, archivándose el expediente.
Tras recoger el visado, el interesado deberá también en el plazo de 1 mes entrar en España.
Habitualmente tiene una duración de un año y su vigencia comenzará desde el día en que el solicitante efectúe la entrada en España.
Una vez haga su entrada, dispondrá de un plazo también de 1 mes para solicitar la tarjeta de identificación de extranjero (TIE) ante la oficina de extranjería o comisaría de policía.
Este tipo de autorización puede modificarse trascurrido 1 año y excepcionalmente antes de este plazo por cualquier modalidad de autorización o permiso de residencia incluida la posibilidad de un permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena o cuenta propia.
Para la modificación hay que demostrar en época de renovación no poder cumplir con los requisitos que permitieron la autorización inicial.
Si deseas saber el procedimiento y contar con una asesoría jurídica continua puedes contactarme mediante el formulario respectivo.
Ten presente que este al igual que la mayoría de trámites suelen durar 3 meses por lo que es aconsejable programar con antelación mi servicio de trámite de permiso de residencia.
La residencia inicial no lucrativa no se puede solicitar estando en España. Lo que si se puede solicitar es una residencia no lucrativa en el momento de modificación de otro permiso de residencia, por ejemplo:
-Modificar estancia por estudios a no lucrativa
-Modificar tarjeta de familiar comunitario a residencia no lucrativa
-Cambiar de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o cuenta propia a no lucrativa
-Pasar de una residencia de profesional altamente cualificado a no lucrativa
etc.
Como cualquier otra autorización, la residencia no lucrativa puede renovarse en 2 momentos:
Dentro de los 60 días previos al vencimiento de la actual autorización o
Hasta los 90 días posteriores,
Siempre es conveniente hacerlo en el primer momento.
Es un tipo de autorización que permite ser residente legal pero sin desarrollar actividad laboral por cuenta ajena ni por cuenta propia
Como ya he comentado, la inicial solo es posible solicitarla fuera de España, es decir, en el Consulado de España en el país de origen o residencia. Solo la modificación puede efectuarse estando en España.
Básicamente los principales requisitos son:
-Medios Económicos suficientes para el titular (año 2023 400% del Iprem = 33.600,00 euros al año) y 8.400,00 euros para cada familiar.
-Seguro médico privado
-Certificado de ausencia de antecedentes penales, legalizado o apostillado y traducido
-Pasaporte
-Modelo de visado
-Tasas
Se trata de una posibilidad desarrollada en el reglamento 557/2011 que permite a un residente no lucrativo cambiar o modificar a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena inicial, para lo cual, deberá demostrar la necesidad de la modificación y los demás requisitos del cuenta ajena inicial.
Al igual que el anterior, se puede modificar este tipo de residencia a un cuenta propia demostrando la necesidad de modificación y el resto de requisitos de una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.
Tanto el titular como sus familiares directos pueden aplicar a la autorización de residencia no lucrativa pero de forma conjunta, es decir, en un mismo momento, de lo contrario estaríamos ante la necesidad de posteriormente efectuar una reagrupación familiar
Tras el Brexit, la residencia no lucrativa representa para muchos ciudadanos británicos una opción de residir legalmente en España.
Dada la actual situación, un ciudadano argentino encuentra en la residencia no lucrativa un permiso de residencia de escapatoria hacia un país que ofrezca más beneficios y bienestar, tanto para él como a su familia
Dada la actual situación, un ciudadano colombiano encuentra en la residencia no lucrativa un permiso de residencia de escapatoria hacia un país que ofrezca más beneficios y bienestar, tanto para él como a su familia
Como toda residencia, la no lucrativa ofrece la posibilidad de aplicar a la nacionalidad española.
Como ya he comentado, el carácter de la residencia no lucrativa impide desarrollar actividad laboral en España, sea por cuenta ajena o por cuenta propia, hay quienes se arriesgan en desarrollar actividades mediante terceras personas o mediante estructuras societarias pero nunca es aconsejable
Para la residencia fiscal, el ciudadano extranjero es considerado residente fiscal a partir de los 183 días desde su entrada en España. no obstante, se trata de un tema sensible y a la vez profundo dando la existencia o no convenios de doble imposición fiscal, principal centro de actividades, entre otros elementos, desde el despacho contamos con colaboradores expertos en la materia para que puedas estar tranquilo en este sentido
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