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Contencioso Administrativo en Materia de Extranjería

Contencioso Administrativo en Materia de Extranjería

El recurso contencioso administrativo en materia de extranjería es una demanda o procedimiento judicial que permite subsanar una disposición general emitida por cualquier órgano  de la Administración Pública.

Si te denegaron una solicitud, luego recibiste del Consulado de España o de la oficina de extranjería una resolución desestimando el recurso de alzada o reposición solo te queda la opción de interponer el recurso contencioso administrativo.


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Contencioso Administrativo en Materia de Extranjería

Es tu derecho apelar una resolución denegatoria, todo ello, mediante el recurso contencioso administrativo.

Se trata de una demanda que, aunque puede durar varios meses o incluso llegar al año, puede solucionar tu problema.

Importancia del Recurso Contencioso Administrativo?

Cuando perteneces al régimen general y recibes una denegación o una desestimación, quedas en una situación administrativa irregular.

Incluso, en la resolución denegatoria dentro del régimen general, te invitan a salir de España en un plazo que habitualmente de 15 días.

La invitación de abandonar el territorio en 15 días queda en suspenso hasta obtener la sentencia respectiva.

Las resoluciones del régimen comunitario no suelen indicar orden de salida de España pero los afectados ven limitadas muchas gestiones de la vida cotidiana.

Puedes acceder aquí a las condiciones del servicio

 

Modelo Recurso contencioso-administrativo extranjería

Ante una denegación de un permiso de residencia es conveniente redactar desde cero el recurso contencioso administrativo. La redacción debe ser efectuada por un abogado con experiencia.

En la redacción, el abogado debe detectar cualquier error de la administración (oficina de extranjería o consulado).

Se debe alegar y rebatir los motivos de la denegación mediante criterios jurisprudenciales sobre casos de gran similitud.

Por ello, no es conveniente el uso de modelo de recurso contencioso-administrativo extranjería para todos los casos.

Recurso contencioso-administrativo denegación permiso residencia

En la resolución denegatoria de un permiso de residencia se suele indicar que la persona extranjera debe abandonar el país en un plazo de 15 días (salida voluntaria).

Ahora bien, el haber presentado el recurso contencioso administrativo y el haber solicitado una medida cautelar para dejar sin efecto dicha salida beneficia a la persona extranjera.

Es decir, la ejecutividad de la resolución denegatoria queda en suspenso hasta que no sea emitida la sentencia respectiva, esto permite al extranjero mantenerse en España durante el tiempo que dure la demanda.

Por otra parte, dicho tiempo sirve en algunos casos para que el extranjero pueda regularizarse por cualquiera de las formas previstas en la normativa, por ejemplo: arraigo social, arraigo para la formación, etc.

Precio recurso contencioso administrativo extranjería

No existe un monto exacto de honorarios profesionales o precio recurso contencioso administrativo extranjería.

Algunos colegios de abogados tienen unas listas de baremos orientativos pero esto es a modo de referencia y la Sentencia de Tribunal Supremo de 19-12-2022 deja sin efecto estas listas de los colegios de abogados.

“la existencia de baremos, es decir, listados de precios para cada actuación de los abogados, opera como elemento disuasorio de la libre competencia en el mercado de los servicios profesionales prestados por abogados en cuanto tiende a homogeneizar los honorarios a la hora de tasar las costas, operando en contra de la libertad y divergencia en la fijación de precios. Y es una conducta prohibida en el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia que implica una restricción de la competencia por el objeto, dado que es potencialmente apta para lograr el objetivo perseguido”

Mención: Poder Judicial

Por lo que los honorarios de un recurso contencioso-administrativo dependerán de la experiencia del abogado, complejidad del caso, urgencia en la redacción y presentación, etc.


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Lino Garcia

Ver comentarios

  • Buenas Abogado,

    Soy extranjera y estoy en primer año de carrera en la universidad autónoma de Barcelona. Para estar de manera regular hice el proceso de estancia por estudios a través de mercurio antes de que empezara el curso en septiembre de 2023. Al hacer el trámite presenté los documentos que se me pedían sin embargo la resolución fue desfavorable.
    Las causas de la denegación eran "el interesado no ha adjuntado la copia completa del pasaporte en vigor (R70)"

    Antes de la resolución se me había pedido adjuntar documentación, la copia completa del pasaporte pero yo no tenía conocimiento de que esta debía ser de todas las paginas así que tuve el error de enviarles el mismo documento.

    Creyendo que este era el único fallo en la solicitud interpuse un recurso de reposición y adjunté el documento corregido. La resolución del recurso fue denegatoria ya que lo desestimaron diciendo que la denegación " no se desprende que se hayan producido modificaciones sustanciales de los hechos ni circunstancias que se tuvieron en cuenta y sirvieron de base para adoptar la resolución impugnada."

    Con esta notificación sólo me queda interponer el recurso contencioso administrativo y estoy en búsqueda de un abogado para realizar el trámite. Tengo dos meses a partir del pasado 23 de Diciembre de 2023.

    Me gustaría saber si el precio de consulta con usted es independiente del costo final del servicio o se descuenta de este. Igualmente, teniendo cuenta que estamos en época de festividades, cuánto podría tardar el proceso y qué costo aproximado podría tener.

    Muchas gracias de antemano,

    Salome Bernal Montaña

  • Hola, fue denegada de mi tarjeta de conyuge de ciudadano español mismo despues de submeter el DNI y pasaporte de mi marido, nuestro padrón, libro de família, certificado de matrimonio y mis antecedentes penales y pasaporte, todo como los requisitos. La Extranjeria tardó 6 meses para decir que el resuelto fuera no favorable. Nosostros recurrimos del resuelto en el plazo de 30 dias, y 6 meses despues, el resuelto fue no favorable otra vez. La respuesta de la Extranjeria las dos vezes es que no hay pruebas suficientes de vínculo. Es mejor submeter una nueva solicitud o intentar el contencioso?

    Gracias!

  • hola doctor.
    me han denegado la taerjeta comunitaria por familia extensa porque segun ellos no podia acreditar fehaciamente que vivo a cargo de mi hermano. voy a explicar mi caso con detalles .
    en mi pais de origin antes de la entrada a españa mi hermano me estaba mandando dinero por 9 años continuada mensual (he aportado el historico de envios ) estuve estudiando en mi pais origin todo el tiempo nunca he trabajado ni tengo ingresos alli. ahora llevo casi 4 años en españa conviviendo con mi hermano en la misma casa y suigo estudiando igual aqui en españa (estancia por estudios ) yo y mi hermano tenemos cuenta bancaria conjunta aqui en españa desde hace 3 años .
    ahora presenté rRECURSO CONTECIOSO el juez me he concedido medidas cautelares y tengo juicio el 10 de enero .
    que crees DOCTOR LINO puedo ganar el caso segun tu experencia y especialmente mi caso que vivi totalmente de mi hermano ?

    • Pues sin ver copia del expediente, sin ver la demanda y sin saber al detalle todo lo relacionado con su situación no puedo emitir una opinión, le recomiendo que hable con su abogado, el cual puede darle una visión oportuna sobre la viabilidad.

  • Buenos días, Dr. Lino García, apenas estoy revisando su página web, con muy buena información. Mi caso es que salí con resolución denegada para Autorización de Estancia para Estudios, en tal sentido en conjunto con el abogado decidimos ir a un Contencioso-Administrativo, interpuesto el día 24 de enero de 2023, al día de hoy ya han pasado 9 meses y aún no he recibido respuesta del mismo. ¿Existe algún enlace donde pueda hacer seguimiento a este proceso?, tengo certificado digital.

    • De momento no existe forma de que usted con su certificado digital pueda hacer seguimiento, puede acudir personalmente al Juzgado o mejor aún, hablar con su abogado quien le debería informar respecto del estado actual de su expediente y sobre el Procedimiento.

  • Hola abogado Lino, actualmente me encuentro empadronado en Madrid, vine por un visado de estudios que finalizaba el 31/12/2023, y desde el 03/01/2023 estoy solicitando una MODIFICACIÓN de estancia por estudios a residencia de cuenta ajena inicial, utilizando un contrato de trabajo a distancia con una empresa que se encuentra en Barcelona.
    Inicialmente el trámite lo presenté en la provincia donde estoy empadronado, es decir a la oficina de extranjería de Madrid, y me lo denegaron porque me indicaron que la empresa estaba en Barcelona y que Madrid no era el órgano competente para la resolución.
    Posteriormente el 02/03/2023 (y siempre en el plazo indicado de los 90 días posteriores a la caducidad del permiso actual), se presentó ante Barcelona, en concreto ante la Generalitat de Catalunya (ellos son los que resuelven los permisos de trabajo allá) y en el mes de Julio me respondieron que daban de baja mi expediente porque me dijeron que Barcelona tampoco es competente para la resolución de mi expediente, y que remitirían mi expediente completo a la Administración General del Estado para que continúe la tramitación. Pasó un mes más, y en Agosto me asignaron otro nuevo número de expediente (proveniente de esta remisión), y luego de otro mes, es decir en Septiembre, la delegación del Gobierno en Madrid no ha revisado correctamente que este expediente proviene de una remisión y me volvió a denegar el permiso de residencia, ahora con otra excusa diciéndome que la solicitud no la había realizado el empleador o representante legal de la empresa, cosa que es totalmente falso, porque todas las presentaciones las realizó una abogada enviando un documento de autorización firmado por parte del representante legal de la empresa donde le autorizaba a realizar todas y cada una de las presentaciones.

    Mi pregunta es, ¿Qué opciones tengo de que presentando el recurso contencioso-administrativo, el juez lo revise con calma y vea que efectivamente están haciendo una injusticia por mi solicitud y me otorgue el permiso de modificación de estudios a residencia de trabajo por cuenta ajena inicial solicitado? Ya que siempre he cumplido con los requisitos, y siempre me han denegado el permiso por temas completamente ajenos a mi persona.

    • Buen día, tiene la opción de hablar con su abogada. Yo considero que tiene opción de recurso potestativo de reposición en el plazo de 1 mes desde la resolución denegatoria o el recurso contencioso administrativo en el plazo de 2 meses. Todo ello, en el partido judicial correspondiente a la última solicitud.

      Mucha Suerte.

  • hola, mira la situación dr. mi madre lleva 5 meses en España, ha llegado en mayo recién en Ávila donde mi esposa y yo vivimos. en 12 días mi madre se empadró, y luego ya, metemos para el arraigo familiar ley 2023, mayor de 65 años. llevaron casi dos meses sin nos contestar nada para que al final y a cabo, decir, que para el caso de mi madre mas bien debería solicitar una comunitaria y no le cabía pedir un arraigo, además, en la notificación vino que datos y nombres de otras personas... mi abogada se lo hizo a la extranjería un escrito se los explicando muy bien, que los datos estaban malos, y que sí... mi madre tenía todos los requisitos para el arraigo familiar... dentro de 15 días nos informaron que no aceptarían el tramite, pues mi madre ha puesto la solicitud en el período de turista.??? donde dice en la ley que no puede?
    pues bien, empezamos de cero, metemos otra vez todos los documentos, ya se ha pasado otros 1 mes y diez más y nada de respuesta, hasta hoy... otra notificación... no lo sé de lo que se trata pues no he habado con mi abogada todavía, pero, ya me ha dicho que tenia que conversar conmigo a cerca de las últimas noticias... total que, están nos dando la vuelta, nos haciendo de tontos y no quieren nos dar la residencia, así que como podría yo, solucionar este rollo dr.? podría meter un recurso? cuales son mis derechos... recordando que mi madre, tiene todos los requisitos para el tramite.. gracias

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    • Hola abogado, muy interesante su pagina
      El dia de hoy e presetando un recurso administrativo por denegacion de visa estancia por estudios
      Mi pregunta es ya que se demoran mas de 9 meses en responder si en ese tiempo tengo una urgencia de salir del pais por enfermedad etc podria salir del pais sin problema?
      Digo ya se que perderia el recurso sea denegatorio o favorable pero aparte de eso que ya lo perderia
      Mi miedo es que si salgo luego no pueda volver a entrar a españa como si fueese irregular! Es correcto? O luego si deseo volver podria volver con una visa de turismo o una nuevs visa de estudios? Como es esta cuestion?

      • al hablar de 9 meses entiendo que se refiere al promedio de duración de un recurso contencioso-administrativo. el hecho de que salga de España no tiene porque incidir en el recurso contencioso administrativo interpuesto. El problema puede surgir cuando tenga que regresar a España, entiendo que podría desistir del contencioso administrativo, viajar y volver a aplicar a una autorización de estancia por estudios

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  • mi consulta es la siguiente, el pasado 02-03-23 me denegaron el arraigo social, presente recurso de reposición el 15-03-23 pero a día de hoy no tengo respuesta de ese recurso, que tengo que hacer? existe algún otro mecanismo para que me tomen en cuenta?

    • A veces ocurren situaciones como la que usted indica, a veces las oficinas de extranjería no responden al recurso potestativo de reposición cuyo plazo de respuesta es de 1 mes, en este caso, usted puede esperar unos días o semanas más o sino, interponer la demanda contencioso-administrativo, también tendrá la opción de volver a presentar su arraigo desde cero, todo es cuestión de la situación en concreto, le aconsejo que programe su cita con nosotros cuanto antes.

      • Buenos días abogado. Recibí una carta del colegio de abogados indicando que cumplo con los requisitos para asignarme un abogado de oficio (extranjería) menciona en el titulo de la carta Proceso contencioso Asministrativo (EXTRANJERIA) .
        entiendo que antes de esta instancia antes mencionada debería tener el derecho a interponer el recurso de Alzada. O reposición. Mi pregunta es porque me han llevado a lo contencioso directamente que entiendo que es la última vía para resolver mi orden de expulsión cierto?

        • Estimado compañer@ del JCAM 18, voy a contestarle como si se tratase de un usuario real "desconozco el motivo por el cual, en el TO le han designado un Compañero para un proceso contencioso-administrativo en vez de un recurso administrativo. Quiero entender que es por cuestión de plazo o por estrategia de defensa, debido a que es bastante improbable que en via administrativa se logre reconducir, paralizar o incluso, revocar una orden de expulsión". Saludos compañer@

      • Buenas tardes hice recurso contencioso por denegación de mi documento,ya tengo cita para juicio.Que pasa si deposito mis documentos desde cero ?porque mi juicio es dentro de 1 año y 3 meses

  • Hola me han denegado el asilo político y ya interpuse el contensioso administrativo pero llevo varios meses sin darme respuesta quisiera saber el decreto que un conocido me hablo que por no darme respuesta después de ciertos meses me pueden dar de alta en un trabajo

    • ¿Quién no ha dado respuesta? Su abogado a usted? ¿La Audiencia nacional a su abogado y procurador? o se refiere a un recurso potestativo de reposición previo al contencioso-administrativo?

      ¿Ha solicitado medidas cautelares?

      Considero que debe consultarlo con su abogado, si quiere una segunda opinión debe programar su consulta en el botón de vita previa de esta web

  • Hola mi pregunta es Tengo el nie de 2 años por cuenta propia y tenia una peluquería y he cotizado por cuenta propia y unos 8 meses y por COVID tuve que cerrar el negocio y empecé a trabajar por cuenta ajena y al renovar me lo denegaron Que sería mejor hacer aparte de recurso ya hice recurso y me denegaron y ahora Hice otro recurso por vía judicial El motivo de no seguir trabajando por cuenta propia era por el COVID estando cerrado y pagando alquiler y trabajadores y autónomo

    • Buen día, lamento su situación, al igual que la de miles de ciudadanos extranjeros y también lo propios españoles que sufrieron un declive en sus ingresos como consecuencia de la pandemia, en materia de extranjería solo se flexibilizaron criterios en materia de arraigos y se renovaron or 6 meses los permisos sin prever la posibilidad a personas que como en su caso, podrían habérseles permitido compatibilizar sus permiso de cuenta propia con un cuenta ajena.

      A estas alturas, espero que tenga suerte con el recurso contencioso-administrativo, pero, se me ocurre que si no sale bien el contencioso tiene la opción de volver a regularizarse mediante el arraigo laboral. Si quiere conversar su caso con profundidad, le invito a que programe una cita conmigo. en el botón de cita previa de la home puede hacerlo. ¡Suerte!

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Publicado por
Lino Garcia
Etiquetas: contenciosoRecurso

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