ABOGADO DE EXTRANJERIA LINO GARCIA | Abogado de Extranjería Inmigración y Nacionalidad

Arraigo Familiar

Conoce los requisitos y el proceso para el permiso de residencia en España por arraigo familiar. Guía Completa 2023

¿Qué es el arraigo familiar? – Arraigo Familiar art 124.3

Se trata de una autorización de carácter excepcional que permite a un extranjero en España regularizar su situación administrativa mediante el vínculo familiar con español.

Antes de comentar este tipo de autorización es importante recordar aspectos tales como:


OPCIÓN DE FINANCIACIÓN HASTA EN 3 CUOTAS CON KLARNA


Nuevo Arraigo Familiar – Sentencia Favorable – Supuesto de ascendiente menor de 65 años a cargo

Exigencia de visado para la mayoría de autorizaciones de residencia y estancia

La gran mayoría de autorizaciones de residencia y estancia establecidas en la Ley 4/2000 y desarrolladas en el RD 557/2011 están pensadas para que los ciudadanos extracomunitarios puedan aplicar a ellas estando fuera del territorio nacional.

Todo ello, mediante un procedimiento de visado en el Consulado de España.

Y es que la actual regulación a efectos de instar el visado correspondiente exige que el ciudadano extranjero se encuentre en su país de origen.

Estancia Regular vs Estancia Irregular

Para que un ciudadano extranjero pueda adquirir el estatus de residente legal es necesario que no se encuentre en España al momento de dicha solicitud.

De encontrarse en España dentro del periodo de los primeros 90 días siempre tendrá que salir e instar el correspondiente visado en el Consulado.

Momento de Irregularidad

Son miles las personas extracomunitarias que deciden entrar en España.

Una vez dentro, no pueden acudir a un procedimiento ordinario porque el propio diseño de la normativa se lo impide.

Transcurridos 90 días desde la entrada quedan en situación irregular, encontrando en las circunstancias excepcionales una vía de regularizar su situación administrativa en España.

Irregularidad Sobrevenida y Regularización Ordinaria

Se trata de la situación de extranjeros que han sido titulares de una autorización de residencia y trabajo, pero que luego pierden sus permisos. Al perder sus permisos devienen en irregularidad sobrevenida.

Da igual si han perdido dicha residencia por

Tras perder de la noche a la mañana el permiso de residencia se convierten en ciudadanos con una condición administrativa precaria e irregular.

No hay que confundir extraordinario con excepcional

Ciertamente existe, desde mi punto de vista, diferencias en cuanto a una regularización extraordinaria y el carácter excepcional de una autorización.

Podrían entenderse como regularización extraordinaria aquellos procesos que desde la legislación de 1985 (Disposición transitoria 2ª y 3ª de la LO 7/1985) lograron cambiar y regularizar la situación de personas extracomunitarias sin permiso de residencia.

Fueron procesos de regularización masiva que, desde hace años, no han vuelto a permitirse.

Por carácter excepcional debe entenderse aquella situación concreta en la que se dispensa al extranjero de la obligación de obtener un visado para poder solicitar una autorización de residencia y sin tener en cuenta la situación administrativa que le antecede.

Cuáles son las autorizaciones de carácter excepcional?

Son 11 los tipos de autorizaciones de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales que contempla la normativa de extranjería:

Las más conocidas son arraigo social, laboral y el familiar (artículo 124.3 arraigo familiar). pero también son de carácter excepcional las siguientes:

  1. Víctimas de delitos tipificados en los artículos 311 a 315, 511.1 y 512 del Código Penal;
  2. Enfermedad sobrevenida de carácter grave;
  3. Riesgo de traslado al país de origen.

El Arraigo Como Mecanismo de Regularización Ordinaria

Para la regularización de un extranjero en España existieron vías extraordinarias como las comentadas a raíz de la Ley 7/1985.

Pero, actualmente solo es posible la regularización por vías ordinarias mediante el cumplimiento de ciertas condiciones y requisitos. Requisitos ligados al factor tiempo en algunos supuestos.

Tal es el caso del arraigo familiar en la que no se exige tiempo de permanencia previa. A diferencia del arraigo social y laboral en las que es necesario 3 y 2 años de permanencia respectivamente.

Llegados a este punto, es necesario entrar al tema objeto de este post, y es el referido concretamente al arraigo familiar

¿Tipos de Arraigo Familiar?

Dentro del arraigo familiar existen 2 supuestos diferenciados, ambos con poco desarrollo en el RD 557/2011.

Más recientemente existe el arraigo familiar y tarjeta de familiar comunitario para progenitor de menor de edad europeo incluido los españoles

Este reciente tratamiento es recogido en la Instrucción DGM 8/2020 que coexiste, aclara y mejora las previsiones del artículo 124.3.a).

Diferencia entre la Instrucción DGM 8/2000 y el artículo 124.3.a) del Reglamento – Arraigo Familiar

Se trata de una misma situación pero que se diferencia en cuanto al beneficio de duración de vigencia del permiso de residencia.

Es una suerte de alternancia selectiva por cuanto al progenitor le es exigible la tenencia o disposición de medios económicos suficientes para obtener un permiso de residencia de 5 años.

Si el progenitor no dispone de medios económicos tendrá que acudir a la vía que aún subsiste en el artículo 124.3.a) del Reglamento.

Vía que ofrece un permiso de residencia de 1 año, al cual, no le deberían anteponer limitaciones en caso de renovaciones o prórrogas.

arraigo familiar progenitor de menor de edad español

Arraigo Familiar como progenitor de menor de edad español

Ya entrados en materia, encontramos una de las posibilidades de arraigo familiar.

En este caso se trata de la situación en la cual, un ciudadano extracomunitario es padre de un menor de edad español (arraigo familiar por hijo nacido en España, permiso de residencia por hijo nacido en España o simplemente hijo español).

Requisitos para arraigo familiar por hijo español

Además de ser padre o madre de un menor de edad español existen otros requisitos:

Tener a cargo al menor de edad

En la práctica, este requisito no representa un punto problemático.

Básicamente comporta la necesidad de que el progenitor tenga atribuida la guarda y custodia del menor.

Convivir con el menor

La convivencia va unida a otros elementos que deben ser valorados para el reconocimiento o denegación del derecho del arraigo familiar como progenitor de menor de edad español.

Por ello, es común encontrar el elemento de convivencia unido a otros elementos y situaciones tales como:

Alternatividad entre el elemento de convivencia y el cumplimiento de obligaciones paternofiliales

El artículo 124.3 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, establece:

“a) Cuando se trate de padre o madre de un menor de nacionalidad española, siempre que el progenitor solicitante tenga a cargo al menor y conviva con éste o esté al corriente de las obligaciones paterno filiales respecto al mismo”

De la literalidad de dicho artículo puede entenderse que el elemento convivencia del padre o madre con el hijo menor de edad debería ir unido a la situación de “a cargo” como un primer supuesto.

Quedando como otro supuesto alternativo el hecho de que dicho progenitor se encuentre al corriente de sus obligaciones paternofiliales para con el menor.

Obligaciones Paterno Filiales

Las obligaciones paternofiliales como parámetro de exigencia para el otorgamiento del arraigo familiar de un progenitor de menor de edad español vienen determinadas en el artículo 124.3.a) mediante la literalidad:

“cuando progenitor solicitante tenga a cargo al menor y conviva con éste o esté al corriente de las obligaciones paterno filiales respecto al mismo”.

Escaso Desarrollo y Alto Nivel de Litigiosidad

Se trata de una situación con escaso desarrollo y que en materia de arraigo familiar genera continuamente problemas de interpretación y una variedad de casuística.

Por ello, considero conveniente acudir a lo establecido en el Título VI De los alimentos entre parientes del Código Civil.

El artículo 142 y siguientes esparcen aquellos deberes y obligaciones de padres a hijos.

Es esto lo que debe servir como referencia de lo que el legislador ha querido establecer como obligaciones paternofiliales del artículo 124.3.a).

También, conviene recordar que el término “obligaciones paternofiliales” aparece acuñado en el Título VII. Capítulo Primero, de la Ley 11/1981, de 13 de mayo, de modificación del Código Civil en materia de filiación, patria potestad y régimen económico del matrimonio.


OPCIÓN DE FINANCIACIÓN HASTA EN 3 CUOTAS CON KLARNA


¿Cuáles son las Obligaciones Paternofiliales?

El campo que comprende las relaciones paternofiliales está circunscrito al concepto general de alimentos.

Este, a su vez, comprende todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica.

Así mismo, el concepto general de alimentos comprende lo relacionado con la educación e instrucción del alimentista.

Deber que rige durante la minoria de edad y subsiste aún después de alcanzar la mayoría de edad siempre y cuando no haya culminado su formación por motivos no imputables al mismo.

Por otra parte, también queda incluido los gastos de embarazo y parto no cubiertos.

El modo de prestación de alimentos es alternativo entre el pago de la pensión y el mantenimiento del alimentista en su domicilio.

Otras Obligaciones Paternofiliales

Además, existen otras obligaciones innatas con la propia figura de la patria potestad:

También forma parte de las obligaciones paternofiliales el hecho de relacionarse con estos y no impedir las relaciones con los abuelos y entre progenitores (artículo 160 del CC)

Por todo, es importante que el ciudadano extracomunitario interesaso en obtener el arraigo familiar demuestre el cumplimiento de las obligaciones para con su hijo menor de edad.

Otros Requisitos Para el Supuesto de Arraigo Familiar como Progenitor

Es importante que el solicitante no tenga antecedentes penales ni policiales.

Las probabilidades de concesión dependerá del estudio pormenorizado de dichos antecedentes por parte de la oficina de extranjeros correspondiente, en la cual, se tendrán que valorar:

En cuanto a los antecedentes policiales y sin entrar por ahora en la literalidad de los requisitos del arraigo familiar en relación con el laboral (art 124.1) y el social (art 124.2.a) donde si se determinan y exigen de forma expresa, tenemos que recordar que la sentencia 303/2020 de 02-03-20 del Tribunal Supremo establece que el arraigo social con antecedentes policiales es posible en función de la reiteración y gravedad de la conducta.

Esta Sentencia no representa un blindaje automático a favor del ciudadano extranjero.

Por el contrario, si el extranjero tiene varios antecedentes policiales y tan solo uno de ellos es de gravedad representando una alarma social, un peligro al orden público o a la seguridad pública, es posible que el arraigo sea denegado.

Arraigo Familiar Denegado

En caso de arraigo familiar denegado, tienes la opción de interponer un recurso potestativo de reposición, para ello, tienes un plazo de 1 mes desde que te comunican la denegación.

También tienes la opción de interponer una demanda (recurso contencioso-administrativo) en este caso, el plazo es de 2 meses.

Nuestro despacho puede representarte en cualquiera de estos dos recursos.

Arraigo Familiar como hijo de padre o madre originariamente español

Antes de comentar los requisitos y peculiaridades de este tipo de arraigo debemos centrarnos en:

Por una parte, en la situación del solicitante (ciudadano extracomunitario) Y,

Por otra parte, en la situación de la persona española de origen.

El primero es quien realiza la solicitud del arraigo familiar, mientras que el segundo es quien otorga el derecho al primero.

Conflictividad Comparativa

El arraigo como hijo de padre originariamente español en relación con el arraigo como progenitor de menor de edad español reviste menos conflictividad.

No obstante, tampoco es una opción pacífica.

La principal dificultad radica en lo que debe entenderse como español de origen en contraposición con la literalidad “originariamente español”.

Expresión que puede encontrarse en el RD 557/2011 ex art. 124.3.b) y en el artículo 20.1.b) del Código Civil.

Desde mi punto de vista, el RD 557/2011 establece una situación difusa que es aprovechada por las oficinas de extranjeros para no reconocer el derecho a este tipo de autorización.

Situación que genera cierta litigiosidad al colocar al solicitante en la necesidad de acudir a la vía contencioso-administrativa.

Español de origen vs hijo de padre o madre originariamente español según el Código Civil

El artículo 17 del Código Civil es el que indica correctamente la atribución y el carácter de lo que debe ser considerado como español de origen.

Dicho artículo 17.1 establece en sus letras a), b), c) y d) cuatro maneras diferenciadas del reconocimiento y el carácter de español de origen.

A esto habría que sumarle el supuesto de adquisición mediante nacionalidad por opción del punto 2 de dicho artículo.

Opción con un plazo de 2 años después de alcanzar la mayoría de edad.

Habilitación Legal

De forma excepcional y mediante habilitación legal se consideran españoles de origen y pueden optar aunque haya transcurrido dicho plazo.

Asi fueron los casos de aquellas personas que pudieron acogerse a la Disposición Adicional Séptima de la ley 52/2007 (ley de memoria histórica).

Todas estas situaciones deben considerarse como formas de adquisición de la atribución de español de origen.

Problemas en la Práctica

El problema radica en la interpretación que la oficina de extranjeros realiza sobre los datos de la nota marginal del literal de nacimiento del español que otorga el derecho.

Sobre todo, en aquellos casos de nacimiento de español fuera de españa.

Cuando estos nacen con otra nacionalidad y posteriormente adquieren la nacionalidad española y, a su vez, sus hijos nacen previamente antes de dicha adquisición.

Problema de Ejemplo

Pablo nacido en 1979 en Buenos Aires, hijo de padre y madre españoles (Ourense e Irún) no fue inscrito inmediatamente a su nacimiento ante el Registro Civil del Consulado de España en Buenos Aires.

Transcurridos los 18 años y teniendo 43 años solicita nacionalidad por opción del artículo 20.1.b) en vez de solicitar nacionalidad como español de origen del artículo 17.1.a) .

Adquiere la nacionalidad por opción y en la nota marginal de literal de nacimiento queda indicado: optó a la nacionalidad sin poder colocar la expresión “de origen”.

Pablo, a sus 43 años y antes de optar a la nacionalidad española, tuvo una hija argentina que actualmente acaba de llegar a España con la intención de solicitar el arraigo familiar al entender que su padre es español de origen según el artículo 17.a) del CC.

La oficina de extranjeros deniega el arraigo solicitado al entender que su padre no es español de origen ya que optó a la nacionalidad española (artículo 20.1.b), olvidando el contenido del artículo 17.1.a).

Origen del Problema

Como puede observarse en el ejemplo anterior, aparte de existir una criterio restrictivo por parte de las oficinas de extranjeros, también pudo existir dos situaciones adicionales:

Carácter Implícito y Tracto de Nacionalidad

Independientemente de la vía seleccionada para adquirir la nacionalidad española, independientemente de la expresión establecida en la nota marginal, la identificación del propio español que da derecho al arraigo familiar y lo que se conoce como el tracto de la nacionalidad permiten el reconocimiento del carácter de origen de un ciudadano español y el derecho que ostenta.

Por cuanto, ante casos en los que no conste expresamente en la nota marginal “de origen” no quiere decir que no se trate de una persona que no ostenta dicho carácter de nacionalidad cuando a su vez, su padre o su madre (dependiendo de la legislación de la época) sean españoles de origen y se pueda establecer el tracto de nacionalidad originaria.

El Arraigo Familiar para Descendientes de Españoles del Sahara Occidental Antes de la Descolonización.

En estos casos solo es de interes comentar el marcado cambio de criterio en cuanto al no reconocimiento del derecho de arraigo familiar de hijos de españoles del Sahara occidental.

Según un estudio de aproximadamente 64 Sentencias de Tribunales Superiores de Justicia (mayoritariamente de Andalucía y, en menor número de Castilla y León), puede observarse que de las Sentencias indexadas y estudiadas entre el 30-09-2016 y el 15-04-2021, tan solo 10 han sido favorables.

Siendo desde el 27-02-2020 la tendencia totalmente desfavorable.

Sentencias Favorables

Las STSJ de Andalucía favorables en este sentido son:

Documentos Necesarios – Arraigo Familiar como Hijo de Español

Como toda solicitud formal, es necesario presentar el formulario de solicitud, cumplimentado y firmado.

Se debe aportar copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción con vigencia mínima de cuatro meses.

Es muy importante aportar certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o países en los que el ciudadano extranjero haya residido durante los cinco últimos años antes de entrar en España.

Se debe acreditar el vínculo familiar y la nacionalidad

Quien Puede Presentar la Solicitud de Arraigo Familiar?

Puede presentar la solicitud el extranjero personalmente. La solicitud también puede efectuarse de forma telemática mediante nuestro despacho.


OPCIÓN DE FINANCIACIÓN HASTA EN 3 CUOTAS CON KLARNA


Plazo de Resolución de la Solicitud

El plazo legal que tiene la oficina de extranjeros para dar respuesta y emitir una resolución es de 3 meses.

Cabe recordar que cualquier requerimiento interrumpe este plazo y vuelve a computarse toda vez el ciudadano extranjero responde dicho requerimiento.

Concesión del Arraigo Familiar

La concesión de la autorización de residencia es emitida mediante resolución por la oficina de extranjeros. Dicha concesión comporta la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o propia en España.

Su vigencia es de 1 año y transcurrido ese primer año, el ciudadano extranjero deberá instar una modificación.

A este respecto, existen Sentencias reconociendo el derecho a renovación y no limitando el número de veces que puede un progenitor solicitar un arraigo familiar.

También te puede interesar leer todo sobre el Nuevo Arraigo para la Formación

Arraigo familiar para padres mayores de 65 años

La nueva redacción del artículo 124.3 arraigo familiar ofrece la posibilidad para que padres mayores de 65 años, así como padres menores de 65 años, puedan solicitar el arraigo familiar.

Existe una diferencia marcada entre ser mayor o menor de 65 años, para casos de mayores 65 años no hay que demostrar que este haya estado a cargo, mientras que al contrario si es necesario.

Estar a Cargo Arraigo Familiar

Se trata de un concepto juridicamente indeterminado que ha encontrado desarrollo en diversas STJUE. Este concepto se traduce en la exigencia de poder demostrar el mantenimiento o ayuda prestada por el ciudadano español y la demostración de necesidad en el país de origen del ciudadano extranjero.

PROGRAMAR CITA

PREGUNTAS FRECUENTES

Arraigo familiar ¿Cuánto tarda?

El plazo legal desde que se presenta la solicitud hasta la respuesta final de la oficina de extranjería es de 3 meses, cabe destacar que este tiempo puede depender de la oficina de extranjeros de la provincia donde sea presentada la solicitud.

También va a depender de si durante el proceso la oficina de extranjeros plantea algún requerimiento, cualquier requerimiento interrumpe el plazo de 3 meses y se reanuda dicho plazo cuando el requerimiento es atendido y respondido por el solicitante.

¿Qué es arraigo familiar en España?

Se trata de una figura que permite a una persona extranjera en situación irregular dejar dicha irregularidad y convertirse en residente legal, todo ello mediante el cumplimiento de ciertos requisitos pero principalmente, el demostrar el vínculo de ascendencia o descendencia con español.

¿Dónde solicitar arraigo familiar?

la solicitud debe ser dirigida la oficina de extranjeros, en nuestro despacho podemos asesorarte, presentar y seguir tu caso, todo ello, de forma telemática.

¿Cómo solicitar arraigo familiar en España?

La pregunta de ¿Cómo hacer arraigo familiar? tiene una respuesta sencilla, para solicitar el arraigo se puede hacer de forma personal o vía telemática, nuestro despacho puede ayudarte en este sentido.

Solicitar arraigo familiar

Solicitar el arraigo familiar consiste en presentar formalmente mediante el formulario respectivo y el resto de documentos y requisitos la solicitud.

Soy hijo de español y padre de menor de edad español, ¿Cuál es el arraigo familiar que debo solicitar?

Va a depender de los requisitos y tu situación, por ejemplo, hay quienes son padres de menor de edad español pero no pueden demostrar que conviven con estos o no pueden demostrar que están al corriente de sus obligaciones paterno filiales.

Puede suceder que aunque seas hijo de español, tu padre no tenga la consideración de español de origen, por lo que quizás te convenga aplicar no como hijo de español sino como padre de menor de edad español.

¿Quién puede solicitar el arraigo familiar en España?

El propio solicitante o nuestro despacho mediante representación

¿Qué significa arraigo familiar?

Se trata de una autorización de carácter excepcional que se puede conceder a un hijo de español de origen o al padre de un menor de edad español.

Arraigo familiar autoriza a trabajar?

Si, autoriza a trabajar, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

Arraigo familiar sin contrato de trabajo

No hace falta contrato de trabajo, al ser concedida la autorización de arraigo familiar, podrás trabajar sin que en la solicitud de dicho arraigo tengas que presentar contrato alguno. Es decir, primero la autorización y con ella ya puedes trabajar.

Arraigo familiar para padres

Se trata de una de las dos posibilidades arraigo familiar establecida en el artículo 31.3 de la LO 4/2000 y desarrollado en el 124.3.a) del RD 557/2011

Arraigo familiar para hermanos

No existe un arraigo familiar para hermanos, otra cosa es poder demostrar vínculos en el informe de integración para el arraigo social pero en todo caso, dicho vínculo debe ser de 1º grado, es decir, entre padres e hijos y no entre hermanos.

Arraigo familiar para padres de hijos españoles

Se trata de la opción del artículo 124.3.a) del RD 557/2011, pero cabe advertir que no solamente se trata de ser padre o madre de un menor de edad español, es necesario cumplir con otros requisitos como puede ser el tener a cargo dicho menor o estar al corriente de las obligaciones paterno filiales.

Arraigo familiar para nietos de españoles

Es un tema algo controvertido, desde mi punto de vista no debería existir tantas trabas en las oficinas de extranjeros. Aunque la normativa literalmente habla de arraigo como hijo de padre o madre originariamente español, este término originariamente es el que provoca controversia, problema que actualmente es resuelto en vía contencioso administrativo de forma favorable al solicitante al entender que basta con demostrar la trazabilidad de español de origen independientemente de lo que haya sido apuntado en la nota marginal del padre. Por ello, no es descartable intentar obtener el arraigo como nieto de español de origen relacionado esa trazabilidad.

Arraigo familiar para nietos de españoles

Es un tema algo controvertido, desde mi punto de vista no debería existir tantas trabas en las oficinas de extranjeros.

Aunque la normativa literalmente habla de arraigo como hijo de padre o madre originariamente español, este término originariamente es el que provoca controversia, problema que actualmente es resuelto en vía contencioso administrativo de forma favorable al solicitante al entender que basta con demostrar la trazabilidad de español de origen independientemente de lo que haya sido apuntado en la nota marginal del padre.

Por ello, no es descartable intentar obtener el arraigo como nieto de español de origen relacionado esa trazabilidad.

Arraigo familiar para bisnietos de españoles

Suele ser más complicado que el supuesto de nieto, en todo caso, recuerda que puedes consultarnos tu caso.

Arraigo familiar circunstancias excepcionales

Se dice que es una circunstancias excepcional, de hecho, hay oficinas de extranjería que suelen denegar una segunda solicitud amparada en el hecho de que ya anteriormente había sido concedida este tipo de autorización (arraigo familiar por segunda vez), existen sentencias que establecen que no hay limites para solicitar en una segunda oportunidad este tipo de autorizaciones.

Arraigo familiar circunstancias excepcionales

Se dice que es una circunstancias excepcional, de hecho, hay oficinas de extranjería que suelen denegar una segunda solicitud amparada en el hecho de que ya anteriormente había sido concedida este tipo de autorización, existen sentencias que establecen que no hay limites para solicitar en una segunda oportunidad este tipo de autorizaciones.

Arraigo familiar cita previa

En el siguiente enlace puedes solicitar una cita. No obstante, recuerda que podemos efectuar la solicitud por tí, en cuyo caso no necesitas cita previa ya que tu solicitud la hacemos de forma telemática.

Arraigo familiar comunitario

Desde el año 2020 y mediante la Instrucción DGM 8/2020, es posible que el padre o madre extracomunitario de un menor de edad comunitario pueda solicitar y obtener una tarjeta de familiar comunitario o una autorización de residencia y trabajo por arraigo familiar.

Se trata de 2 opciones para lo cual dependerá de la situación económica y laboral del progenitor

Arraigo familiar requisitos

Generalmente los requisitos del arraigo familiar son básicos, pero cada caso es un mundo, por lo que es importante que nos contactes para que tengas mayor seguridad sobre los requisitos según tu situación.

Arraigo familiar con antecedentes penales

Sigue siendo una situación que en algunas oficinas de extranjeros suelen tomar en cuenta para denegar el arraigo familiar. Por ello, conviene que estés bien asesorado desde el principio.

Respecto a los antecedentes policiales, recuerda que la Sentencia 303/2020 del TS de 02 de marzo establece que no debe ser denegada de forma automática un arraigo familiar por la simple tenencia de dichos antecedentes, sino que hay que tomar en cuenta la reiteración y gravedad de dichos antecedentes policiales.

Respecto a los antecedentes policiales, existen numerosas sentencias del TJUE que abogan no solo por el interés superior del menor, sino también, por evitar que el menor tenga que salir de España o Europa en compañía de su padre o madre al cual, le han denegado la autorización por la tenencia de antecedentes penales, esto va en contra del artículo 20.2.a) del Tratado Fundacional de la UE. No obstante, todo esto va a depender del tipo de delito cometido y de la cancelación de dichos antecedentes.

Aconsejo que nos contactes

Arraigo familiar con orden de expulsión

Si, lo importante es que la orden de expulsión sea por estancia irregular

de hecho, el RD 557/2011 Establece:
… se comprobase que consta contra el solicitante una medida de expulsión no ejecutada por concurrencia de una infracción de las previstas en las letras a ) y b) del artículo 53.1 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, esta será revocada siempre que del análisis de la solicitud derive la procedencia de la concesión de la autorización de residencia por circunstancias excepcionales.

Arraigo familiar por hijo nacido en España

Es posible siempre y cuando el hijo nacido en España obtenga o le sea reconocida la condición de español. El nacimiento de un niño en España por si sola no determina que sea español. Recuerda consultar tu caso.

Arraigo familiar por matrimonio

El arraigo familiar por matrimonio es una vía de residencia en España para el cónyuge o pareja de hecho de un ciudadano español. Esta opción está disponible desde la reforma del reglamento en agosto de 2022, pero a menudo el arraigo familiar por matrimonio se considera una opción secundaria a la tarjeta familiar de la UE.
Para poder optar a la tarjeta de familiar comunitario, el ciudadano español debe cumplir ciertos requisitos. El ciudadano español debe tener un contrato de trabajo en vigor o medios económicos para mantener a su cónyuge, así como poder demostrar su relación matrimonial o de pareja de hecho.
Si se cumplen estos requisitos, el solicitante puede iniciar el proceso de arraigo familiar.
El arraigo familiar por matrimonio es una opción viable para quienes no pueden optar a la tarjeta familiar de la UE.
Es una opción importante para quienes desean obtener la residencia en España.
Con la reforma de la normativa en agosto de 2022, ahora es más fácil que los cónyuges o parejas de hecho de ciudadanos españoles obtengan la residencia en el país.
Para 2023, se espera que el proceso de arraigo familiar por matrimonio sea aún más sencillo, convirtiéndolo en una opción viable para muchos que buscan obtener la residencia permanente en España.

Arraigo familiar por segunda vez

Como ya he comentado, la normativa no limita el número de veces que puede solicitarse un arraigo, aunque estas sean de carácter excepcional.

Arraigo familiar o tarjeta comunitaria

Dependerá de la situación económica y laboral del solicitante

Arraigo familiar y reagrupación familiar es lo mismo?

No, el arraigo familiar es de carácter excepcional y es concebido para padres, madres de menor de edad español o para casos de hijos de español de origen mientras que la reagrupación familiar es de carácter ordinario, no excepcional, y pensada para cualquier miembro o familiar directo a cargo que debe encontrarse fuera de España.

Arraigo Familiar Tiempo de Espera

El plazo legal que tiene la Delegación o Sub Delegación del Gobierno para resolver el expediente es de 3 meses, en algunas Provincias este plazo puede llegar a ser superior.

Diferencia entre arraigo familiar y tarjeta comunitaria

Dada la actual configuración del art 124.3 puedo decir que las principales diferencias son:

El arraigo familiar pertenece al régimen general mientras que la tarjeta de familiar comunitario pertenece al régimen comunitario.

En materia de tarjeta de familiar comunitario existe la posibilidad de solicitar visado hacia España, mientras que no existe visado ni podrá existir en materia de arraigo dado su carácter excepcional.

De momento no se ha tomado en cuenta situaciones de familia extensa en materia de arraigo familiar mientras que en el régimen comunitario si existe.

No se exigen medios económicos en materia de arraigo familiar pero si para la tarjeta de familiar comunitario

En casos de arraigo familiar se exige demostrar la ausencia de antecedentes penales mientras que para tarjeta de familiar comunitario no se exigen antecedentes penales.

En caso de ascendientes en el régimen comunitario siempre se debe demostrar el mantenimiento a cargo mientras que en el arraigo familiar solo se debe demostrar para ascendientes menores de 65 años.

¿Cómo Solicitar Arraigo Familiar en España?

Para la la solicitud de residencia por arraigo familiar es necesario reunir todos los requisitos, saber identificar la situación y el caso concreto y presentar una buena solicitud.

La solicitud puede hacerse de forma presencial o de forma online o telemática por nuestro despacho.

Abogados Arraigo Familiar

Nuestro despacho cuenta con amplia experiencia, somos abogados arraigo familiar para casos simples y casos complejos.

Contáctenos

Salir de la versión móvil